El presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz, Fernando Larach, confirmó que la sentencia constitucional 0039 es un complemento en el que establece que ese fallo no tiene un carácter retroactivo a todos actuados realizados por la Ley Departamental de Santa Cruz 98, que establece protección sobre los acuíferos que alimentan a la capital cruceña.
“Hemos tomado conocimiento del auto constitucional 039/2023, lo buscamos en la página web del Tribunal Constitucional, lo descargamos, lo leímos y analizamos. Qué dice, que la sentencia constitucional que anula artículos de la Ley 98 no es retroactiva. Esto quiere decir, que todas las leyes que se crearon antes de la sentencia constitucional tienen plena vigencia. La ley 208, la cual protege los acuíferos de Santa Cruz, está vigente”, dijo Larach en un mensaje grabado.
Asambleístas departamentales de Santa Cruz viajaron a Sucre para presentar un memorial, donde solicitan al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) una complementación y enmienda al fallo 0039. “Se conoció que se aceptó la enmienda y la sentencia”, agrega un quinto punto.
“Dimensionar los efectos de este fallo constitucional, manteniendo firmes y subsistentes los actos jurídicos que hubieren sido ejecutados en aplicación de los preceptos declarados nulos de la Ley Departamental 98, hasta la notificación de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional”, dice la enmienda.
Con ello, todos los actos jurídicos anteriores a la notificación de la sentencia se mantienen vigentes. Lo que significa, que todas las áreas protegidas y las Unidades de Conservación de Patrimonio Natural siguen manteniendo su protección.
El 8 de agosto, se emitió la sentencia constitucional que anulaba una serie de artículos y apartados de la ley 98 de Santa Cruz. La decisión de TCP llegaba en un momento donde se disputaba el trazo de una carretera por medio de los acuíferos. (ANF)