“Dejar sin efecto cualquier acto administrativo que afecte un derecho propio de la región, considerando el alcance propio de la norma que atente el derecho del medio ambiente, la madre naturaleza, el Río Beni, el Derecho a la vida y a la armonía con la naturaleza”, señala la resolución.
La abogada de la Cpilap, Gabriela Sauma, calificó la decisión como “un hito histórico”, porque la minería ilegal es una de las mayores causantes de daño a la salud de los pueblos indígenas que habitan en el norte paceño.
“Se ha visto la necesidad de solicitar medidas cautelares vinculadas con toda actividad minera ilegal que es la que causa el mayor daño a la salud de los pueblos indígenas por el uso indiscriminado del mercurio”, señaló Sauma.
Con esta determinación, el Estado a través de sus instituciones llamadas por ley a proteger el medio ambiente, debería realizar verdaderos procesos de consulta previa a los pueblos indígenas, prohibir la tramitación y otorgación de derechos mineros en las cuencas Alta y Baja de los ríos Beni y Madre de Dios, además de sus afluyentes.
La abogada de Cpilap, también cuestionó la pretensión de vincular a terceros interesados (cooperativistas mineros auríferos) en el proceso, como intentaba la autoridad judicial, lo que significaba que tenía que notificarse a miles de cooperativas establecidas en las cuencas de ambos ríos.
“Solo para notificarlos hubiéramos tardado más de un año, lo que dilataba el proceso”, añadió la jurista.
Desde la Defensoría del Pueblo, la acción en favor d ellos pueblos indígenas del norte de La Paz es un precedente legal para tomar más acciones que salvaguarden la seguridad alimentaria y sanitaria de los pobladores.
“Esta acción sienta un precedente para la defensa y protección de la Madre Tierra y, en especial, al respeto de las decisiones locales para resguardar la seguridad y soberanía alimentaria”, mencionó. (Rurrenabaque, Brújula Digital)