Montaño explicó que las operadoras aplicaban automáticamente, una vez terminada el paquete o la bolsa de internet, al crédito del usuario, pero ahora las empresas de telecomunicaciones tendrán que pedir el consentimiento al cliente antes de la migración de la tarifa.
Informó que el decreto modifica el reglamento de la Ley 164 de 2011, ya que una de las principales quejas de los usuarios era la pérdida del crédito, mediante el consumo de megas, una vez terminada la bolsa o el paquete de internet.
Aseguró que los usuarios de prepago serán los principales beneficiarios con la norma, ya que el decreto establece que las operadoras deberán consultar al usuario para utilizar su crédito en el consumo de internet.
Reiteró que una vez finalizado el periodo de megas, automáticamente se iba al consumo del crédito para mantener habilitado el internet, sin consentimiento del usuario o propietario de la línea telefónica.
Ahora, el decreto supremo establece que el usuario debe autorizar si va a migrar de la bolsa a su crédito.
Por su parte, el Director de la ATT informó que las operadoras tienen un periodo de 180 días para contar con el software, porque aseguran que no lo tienen, para cumplir con la normativa, y en caso de incumplimiento las sanciones son económicas.
«Nosotros como ATT tenemos el instructivo técnico para regular los mensajes respecto al saldo de megas que corresponden. Vamos a velar el estricto cumplimiento de esta medida, porque esta medida logra en definitiva, el precio asequible y justo a todos los bolivianos», finalizó.