Los beneficios con para los que emiten factura y deben migrar a la modalidad de Facturación Computarizada en Línea, que entrará en vigencia, junto al Sistema de Facturación, el 1 de diciembre de 2021.
Una vez en la página web, el contribuyente debe ingresar al “Menú”, para elegir la opción “Servicio al Contribuyente”, “Descargar Software Tributario” y “Descargar Aplicativo de Escritorio de Facturación en Línea-SIAT Desktop”, indica un reporte de prensa del SIN.
En lo venidero, el sistema actualizará esta aplicación a la Versión 2 de manera automática.
El SIN emitió el 11 de agosto pasado la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011 Sistema de Facturación, que implementará desde el 1 de diciembre de 2021 tres nuevas modalidades de facturación: Electrónica en Línea, Computariza en Línea y Portal Web en Línea; además mantendrá vigentes las facturaciones Manual, Prevalorada y Computariza (SFV).
Mediante las RND Nº 102100000012, de 11 de agosto de 2021; y Nº 102100000019, de 14 de octubre de 2021, la Administración Tributaria publicó la lista de contribuyentes que deben implementar una modalidad de Facturación en Línea, desde diciembre de este año.
De acuerdo con la norma tributaria vigente, el SIN asignará periódicamente, mediante una RND, la obligatoriedad del uso de las modalidades de Facturación en Línea a otros contribuyentes del Régimen General, que emiten factura por la venta de un bien o servicio.
Es decir, que estas nuevas modalidades de Facturación en Línea no incluyen de ninguna manera a contribuyentes de otros regímenes tributarios, agrega el reporte de prensa. (ABI)