Esa migración está contemplada en las Disposiciones Transitorias de la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011, de 11 de agosto de 2021; que además dispone la abrogación de la RND Nº 10-0021-16, de 1 de julio de 2016, Sistema de Facturación (SFV).
La RND Nº 102100000011 también dispone que el SIN podrá clasificar a contribuyentes, que emiten factura por la Oficina Virtual del SFV, en otras modalidades de facturación (Electrónica en Línea o Computariza en Línea), mediante RND, de acuerdo con criterios técnicos.
El Sistema de Facturación en Línea entrará en vigencia desde el 1 de diciembre de 2021 con tres nuevas modalidades de facturación: Electrónica en Línea, Computarizada en Línea y Portal Web en Línea.
Ese sistema reportará beneficios al contribuyente como el ahorro de tiempo en el cumplimiento de las obligaciones tributarias a través de Internet y la reducción de costos y espacio, porque ya no se deberá conservar las facturas impresas en papel.
Además, tendrá la generación sugerida y automática del Registro de Compras y Ventas, el pre-llenado de las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a las Transacciones (IT) y el Régimen Complementario al IVA (RC-IVA).
El Sistema de Facturación en Línea reducirá los errores durante la emisión de facturas y evitará la clonación de estos Documentos Fiscales, entre otros beneficios.