Ese plazo se encuentra contemplado en las Disposiciones Transitorias de la Resolución Normativa de Directorio (RND) Nº 102100000011 Sistema de Facturación, que entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de esta gestión.
Además, las Facturas o Notas Fiscales dosificadas y activadas en el SFV podrán emitirse hasta la fecha límite de emisión autorizada o la fecha del día anterior al ingreso a una nueva modalidad de facturación de acuerdo a la clasificación que establezca la Administración Tributaria.
Es importante recordar que el Artículo 4 de la RND Nº 10-0025-14, de 29 de agosto de 2014, establece que la Activación de Dosificación es el procedimiento por el cual en las Modalidades de Facturación Manual o Prevalorada la imprenta autorizada habilita a través del SFV las Facturas o Notas Fiscales que se haya previamente asignado, cuando éstas han sido impresas.
Junto al Sistema de Facturación entrarán en vigencia tres nuevas modalidades de facturación: Electrónica en línea, computariza en línea y portal web en línea; y se mantendrán vigentes las facturaciones manual, prevalorada y computariza (SFV).
Mientras que mediante las RND Nº 102100000012, de 11 de agosto de 2021; y Nº 102100000019, de 14 de octubre de 2021, el SIN publicó dos listas de contribuyentes que deben implementar una modalidad de facturación en línea, desde el 1 de diciembre de este año.