Rolando Coteja Mollo
En el coraz贸n de toda sociedad democr谩tica late un derecho fundamental: el acceso a la informaci贸n p煤blica. Este derecho no solo representa la capacidad de los ciudadanos para conocer las acciones de sus gobernantes, sino que constituye la piedra angular sobre la cual se construye la participaci贸n ciudadana efectiva y la protecci贸n de los derechos humanos.
El reconocimiento internacional del derecho a la informaci贸n encuentra su m谩xima expresi贸n en el art铆culo 19 de la Declaraci贸n Universal de Derechos Humanos, que consagra la libertad de opini贸n y expresi贸n. Este principio fundamental se ve reforzado por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol铆ticos, que establece el acceso a la informaci贸n como un elemento esencial para la participaci贸n democr谩tica.
En Latinoam茅rica, este derecho ha sido incorporado progresivamente en los marcos constitucionales nacionales. Bolivia, por ejemplo, ha plasmado en su Constituci贸n Pol铆tica del Estado (Art铆culo 21.6) esta garant铆a fundamental, reconociendo su papel b谩sico en el fortalecimiento de la democracia participativa.
La opacidad en la gesti贸n p煤blica no es solo un obst谩culo para la democracia; es el caldo de cultivo perfecto para la corrupci贸n. Cuando se restringe el acceso a la informaci贸n, se cercena la capacidad de la ciudadan铆a para ejercer su rol fiscalizador, permitiendo que la corrupci贸n florezca en las sombras de la desinformaci贸n.
Las Naciones Unidas, a trav茅s de su relator especial sobre libertad de expresi贸n, ha enfatizado que la transparencia informativa es una herramienta fundamental en la lucha contra la corrupci贸n. La falta de acceso a la informaci贸n afecta especialmente a los sectores m谩s vulnerables, profundizando las brechas sociales y obstaculizando el acceso a derechos b谩sicos como salud, educaci贸n y trabajo digno.
El compromiso internacional con la transparencia se refleja en diversos instrumentos jur铆dicos. La Convenci贸n Americana sobre Derechos Humanos establece claramente el derecho a buscar, recibir y difundir informaci贸n. Sin embargo, la brecha entre la legislaci贸n y su implementaci贸n efectiva sigue siendo un desaf铆o considerable.
En el 谩mbito nacional, se ha desarrollado marcos legales espec铆ficos, como la Ley N潞 164 de Telecomunicaciones y Tecnolog铆as de Informaci贸n y Comunicaci贸n. No obstante, la mera existencia de estas normas no garantiza su cumplimiento efectivo, evidenciando la necesidad de mecanismos m谩s robustos de implementaci贸n y supervisi贸n.
La restricci贸n al acceso a la informaci贸n genera un c铆rculo vicioso de desconfianza. Estudios de la Organizaci贸n para la Cooperaci贸n y Desarrollo Econ贸mico (OCDE) demuestran que la falta de transparencia erosiona la credibilidad en las instituciones p煤blicas, debilitando los fundamentos de la legitimidad democr谩tica. Esta desconfianza se traduce en apat铆a pol铆tica y desencanto ciudadano, amenazando la vitalidad del sistema democr谩tico.
La jurisprudencia internacional, particularmente el hist贸rico fallo 鈥淐laude Reyes y otros vs. Chile鈥 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido precedentes que vinculan directamente el acceso a la informaci贸n con la protecci贸n de los derechos humanos y el ejercicio de la libertad de expresi贸n.
El acceso a la informaci贸n p煤blica trasciende la simple transparencia administrativa; es un derecho fundamental que sustenta el ejercicio pleno de la ciudadan铆a democr谩tica. La lucha por su implementaci贸n efectiva requiere un compromiso sostenido tanto de los gobiernos como de la sociedad civil.
Solo mediante la garant铆a real para el acceso a la informaci贸n podremos construir sociedades verdaderamente democr谩ticas, donde la transparencia act煤e como salvaguarda contra la corrupci贸n y como catalizador de la participaci贸n ciudadana. Este es el camino hacia sociedades m谩s justas, equitativas y democr谩ticas, donde los derechos humanos no sean solo aspiraciones, sino realidades tangibles para todos los ciudadanos.
El autor es polit贸logo-abogado y docente universitario.
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