Subsidios y subvenciones de carácter sectorial y mecanismos de promoción de la inversión están entre los incentivos propuestos por el Gobierno para atraer inversiones nacionales o extranjeras hacia proyectos declarados “preferentes” que contribuyan al desarrollo nacional. Economistas plantean seguridad jurídica y cambio de modelo.
Los alcances de los beneficios están inscritos en el Decreto 5248 que reglamenta la otorgación de la calidad de inversión preferente, incentivos generales e incentivos específicos fijados en la Ley 516 de Promoción de Inversiones, que tiene el objetivo de contribuir al crecimiento y desarrollo económico y social.
El artículo 2 del Decreto Reglamentario establece que los incentivos a ser propuestos para su aprobación mediante Ley o Decreto Supremo, incluyen y no se limitan: a) Subsidios y subvenciones de carácter sectorial; b) Depreciación acelerada a efectos de la determinación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas; c) Mecanismos de promoción de la inversión; y d) Otros identificados por los ministerios cabeza de sector.
La otorgación de los incentivos deberá ser aprobada mediante Ley o Decreto Supremo, según corresponda.
Los ministerios cabeza de sector deberán priorizar las propuestas de inversión que estén destinadas a la investigación y desarrollo, ciencia, transferencia de tecnología innovadora, industrialización con sustitución de importaciones y modernización de procesos.
Los economistas plantearon, así como los empresarios, incentivos en temas tributarios, como suspender el pago por un tiempo determinado para que el emprendimiento se desarrolle y luego empiece a cancelar los impuestos.