La normativa determina la nueva escala a cobrar por los jubilados de la Pensión Solidaria de Vejez.
Después de la promulgación de la Ley 035, que determina el incremento de renta de los jubilados y del aporte voluntario, que fue catalogado por las autoridades nacionales como un logro, de acuerdo a la Ley de Pensiones, el aumento está establecido, pero el Gobierno retrasó su aplicación.
El presidente Luis Arce Catacora promulgó ayer la Ley de Modificación a los Límites Solidarios Mínimos y Máximos de la Escala de la Pensión Solidaria de Vejez del Sistema Integral de Pensiones (SIP), que mejora la Pensión Solidaria de Vejez e incrementa los límites solidarios para garantizar la sostenibilidad del Fondo Solidario.
El jefe del Estado destacó que la norma aumenta los límites solidarios en función a la cantidad de años de aportes, “estableciendo 720 bolivianos como límite inferior para quienes han aportado 10 años y eleva a 5.200 el límite superior para quienes han realizado 35 años de aportes”.
Pareciera que la norma no funciona, pues se debe normar el incremento. Sin embargo, el experto en tema de pensiones Alberto Bonadona, aclaró que la norma establece ese reajuste y el Gobierno se atrasó en establecer la nueva escala.
Explicó que la Ley de Pensiones establece el Fondo Solidario y la fracción solidaria que se paga al 67% de todos los jubilados. Asimismo, la nueva ley mejorará la pensión de este porcentaje.
“No es que no funciona, eso se establece en la norma. En realidad, se atrasó el reajuste en la nueva escala”, apuntó.
Al parecer uno de los argumentos en la aplicación del reajuste a la Pensión Solidaria y al aporte solidario obedece al artículo polémico que introdujo el Gobierno, que obligaba la jubilación forzosa a las personas de 65 años, la cual fue retirada en el tratamiento de las comisiones.
Oficial
Mientras tanto, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, aseguró que la promulgación de la ley es un testimonio del compromiso del Gobierno del presidente Luis Arce con el bienestar de los jubilados del Sistema Integral de Pensiones.
Asimismo, para financiar esa mejora y garantizar la sostenibilidad del Fondo Solidario, la ley promulgada modifica los aportes de los empleadores, públicos y privados y de los trabajadores con ingresos elevados.
Esa decisión fue calificada por algunos economistas como un impuesto al salario, pues se obliga a incrementar el aporte que se descuenta para este fin, aunque autoridades del Gobierno rechazaron la comparación.
Aporte
El Aporte Patronal Solidario aumenta del 3% al 3,5%, mientras que el Aporte Solidario Minero del Empleador sube del 2% al 2,3%. Asimismo, el Aporte Nacional Solidario de los trabajadores con ingresos mayores a 13.000 bolivianos, aumenta del 1% al 1,15% (para quienes ganan entre Bs 13.000 y Bs 24.000); del 5% al 5,74% (para los que perciben entre Bs 25.000 y Bs 35.000) y del 10% al 11,48% (remuneraciones mayores a Bs 35.000).
El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas llevó a cabo en 2022 un estudio matemático-actuarial, con base en la información proporcionada por las Administradoras de Fondos de Pensiones, lo que permitió establecer una base técnica sólida para proceder a la modificación.
Con la nueva ley, por ejemplo, un trabajador que percibe 15.000 bolivianos contribuye con 20 al Fondo Solidario, ahora su aporte aumenta a 23, es decir, solo Bs 3 adicionales, mientras que el aporte de un trabajador que gana 25.000 se incrementará de 120 a 138, es decir, Bs 18 de aumento.
La Disposición Transitoria Primera de la Ley promulgada dispone que la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) tiene un plazo de hasta 60 días hábiles para emitir la reglamentación.