Con el objetivo de facilitar la implementación integral de la factura electrónica en el país, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) estableció el 23 de agosto un período transitorio, con un nuevo plazo adicional, para que los contribuyentes del Régimen General clasificados en el Cuarto, Quinto y Sexto Grupo implementen una modalidad de Facturación en Línea asignada, a partir del 1 de febrero, 1 de marzo y 1 de abril de 2024, respectivamente.
La Administración Tributaria estableció ese período transitorio mediante las Resoluciones Normativas de Directorio (RND) Nº 102300000026, Nº 102300000027 y Nº 102300000028, de 23 de agosto de 2023.
Las tres RND fueron publicadas en un periódico de circulación nacional; también se encuentran a disposición de los contribuyentes y el público en general en la página web: www.impuestos.gob.bo y en las cuentas oficiales del SIN en Facebook, Twitter, Instagram.
El SIN estableció este nuevo plazo adicional tras escuchar las solicitudes de los contribuyentes del Régimen General incluidos en el Cuarto, Quinto y Sexto Grupo, quienes, sin embargo, con anterioridad, ya habían obtenido prórrogas para la implementación de una modalidad de Facturación en Línea.
La Administración Tributaria inició en diciembre de 2021 la implementación paulatina de la Facturación en Línea; además proporcionó herramientas gratuitas como el “Aplicativo de Escritorio de Facturación en Línea-SIAT Desktop” para que adecúen sus Sistemas Informáticos de Facturación, además del Facturador Móvil, para que puedan emitir factura digital a través del teléfono celular o una tableta, con conexión a Internet.