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Un inconducente referéndum sobre escaños parlamentarios

El Diario
Publicado Lunes, 26 de Agosto de 2024.
Un inconducente referéndum sobre escaños parlamentarios
sin entradilla

Augusto Vera Riveros

Insólita, por decir lo menos, me resultó la carta del presidente Arce al TSE conteniendo una iniciativa estatal de referéndum, cuya cuarta pregunta propuesta es el incremento de escaños en la Cámara de Diputados, que signifique que los departamentos con mayor población sean favorecidos con ello, pero sin que los demás pierdan representantes. Aunque la nota en cuestión no hace mayor exposición de motivos para semejante exabrupto, es fácil colegir que la intención es no tomar en cuenta los datos censales para el 2025 y ganar indulgencias con avemarías ajenas; es decir, desentenderse de cualquier conflicto con los departamentos “perjudicados”, que provocaría la redistribución emergente del nuevo escenario poblacional.
Si a la propuesta del Órgano Ejecutivo le sumamos que de manera reiterada el alcalde Arias, quien de analista político solía tener criterios mesurados y usualmente atendibles, propuso también incrementar el número de parlamentarios, entonces es inevitable concluir que, por un lado, el gobierno en la recta final de su ejercicio quiere de cualquier forma evitarse conflictos y riesgos políticos, y, por otro, que ha perdido la capacidad de análisis el burgomaestre paceño.
En primer término, hay que decir que uno de los motivos centrales de la crisis económica por la que Evo Morales es el principal culpable, es el desmesurado crecimiento del aparato estatal, que posee alrededor de 600 mil burócratas; si se redujeran a la mitad, el país nada extrañaría, porque el manejo de la cosa pública es ya ineficiente, por lo que sólo desde esa perspectiva, aumentar el gasto público resultaría una insensatez.
Y ahora sí entremos a la argumentación principal de por qué la iniciativa presidencial, con los mecanismos que pretende utilizar para este tema, resulta inaplicable:
El Art. 146-I de la CPE es imperativo al fijar en 130 el número de diputados de la ALP. El parágrafo V expresa que la distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará (…) con base en el número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo con el último censo y la ley. Esta ley es la 421, que establece con meridiana claridad que la asignación de escaños se la realiza de acuerdo con el sistema proporcional; esto es, de acuerdo con el número de habitantes de cada departamento conforme a un procedimiento matemático establecido en la propia norma. Pero, además, la ley señala que la actual composición legislativa (no el número de diputados, sino su distribución) será modificada por ley de la ALP, después de un nuevo Censo de Población y Vivienda.
A regañadientes, el Órgano Ejecutivo, previendo que el Censo delinearía un nuevo mapa demográfico y ante la presión, accedió al empadronamiento que, desde su visión unilateral y a pesar de que todavía no salen a la luz los resultados por lo menos poblacionales, dirá que Santa Cruz pasó a ser el departamento más poblado del país, por lo que en justicia y en aplicación de la ley le corresponde un reajuste en su representación parlamentaria, sin importar que cualquier otro departamento resulte “perjudicado” en consecuencia. Esas son las reglas de la democracia.
El incremento de parlamentarios inconsultamente propuesto devendría una arbitrariedad y una provocación al sentido común, primero porque aumentar parlamentarios a los que tienen mayor población es algo que ya está determinado por ley. Lo que es inadmisible es que los demás departamentos mantengan la representación actual, lo cual sería una transgresión sin precedentes a la lógica, al constitucionalismo y a la institucionalidad. ¿O es que los abogados del Órgano Ejecutivo no saben que en la ALP cada voto cuenta? Santa Cruz, atendiendo a su crecimiento poblacional, merece más representantes de los que actualmente tiene, pero no a costa de un incremento de los 130 previstos constitucionalmente —y de un gasto adicional inútil—, sino como resultado de la fórmula D’Hondt también prevista por la ley 421. Y así concebida una iniciativa, no se logrará más que ocasionar un fárrago legal con brigadas parlamentarias que, sin importar si porcentualmente han aumentado o disminuido su población, de todas maneras van a conservar su actual representación en el Parlamento. Ningún mecanismo —que no sea el previsto por el texto y el espíritu de la ley— tendiente al agrandamiento de un órgano infructífero sería justo ni necesario.
Un aumento de parlamentarios haría insulso el censo del pasado año, infiriéndose que cada vez que la migración interna sufra modificaciones, la Constitución será reformada y la ley para nada servirá. Además, 130 diputados ya son suficientes… La ley se la cumple, no se la consulta, y menos ante la inminencia de los resultados del empadronamiento. Hay una intencionalidad encubierta en la subjetividad de esa pregunta.

Augusto Vera Riveros es jurista y escritor.



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