Después de un esfuerzo arduo realizado por el sector de la construcción en 2024, el Gobierno emitió un decreto que autoriza el reajuste de precios a los materiales de construcción para obras públicas, cuya decisión es destacada por las empresas y los representantes, ya que fue un pedido constante durante la pasada gestión, según el presidente de la Cámara Boliviana de la Construcción (Caboco), Raúl Solares.
El Gobierno autorizó, a través del Decreto Supremo (D.S.) N° 5321, la modificación de los contratos de obras públicas en ejecución para ajustar, de manera excepcional, los precios unitarios de materiales, maquinaria, equipos importados y combustibles. Esta medida busca fortalecer la inversión pública, fundamental para impulsar el crecimiento económico, señala la nota de prensa del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
La norma también autoriza a las entidades públicas a otorgar anticipos adicionales destinados a la adquisición de esos insumos y equipos. Los contratos amparados por esta disposición son los suscritos bajo las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (D.S. Nº 0181 de 2009).
Para los constructores, la determinación del gobierno muestra un reconocimiento sobre el mal momento que pasa el sector, con la escasez de divisas, la falta de carburantes, reducción de la inversión pública en infraestructura, bloqueos, incremento del costo de la mano de obra y la dependencia de los materiales importados, de acuerdo con Solares.
Las empresas constructoras tenían una difícil posición al no poder modificar los costos de la obra y esta situación comprometía la sostenibilidad de los emprendimientos, pero el ajuste en los materiales de construcción es un alivio y ahora se puede retornar al camino del crecimiento, señaló.
Dijo que su sector genera 450 mil empleos directos y los indirectos pasan el millón, ya que su actividad aporta al desarrollo de las regiones y comunidades.
Por ello, la medida aprobada por el Gobierno garantizará la estabilidad y el dinamismo del sector.
“El Gobierno hace énfasis en que no se deben paralizar los proyectos de inversión pública. Esta medida apoya la inversión pública, que es un motor importante de apalancamiento del crecimiento económico y es parte fundamental del modelo económico”, explicó el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro.
Montenegro ofreció la mañana de este viernes una rueda de prensa conjunta con Raúl Solares, presidente de la Cámara Boliviana de la Construcción (Caboco), de la que también participó el viceministro de Presupuesto, Zenón Mamani.
El directivo empresarial, quien representó a la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia en este evento, estuvo acompañado por representantes de diversas cámaras departamentales de construcción, como Jaime del Llano (La Paz), Óscar Pérez (Oruro), Carlos Quintela (Cochabamba) e Iván Beltrán (Chuquisaca), entre otros.
Montenegro informó que las entidades públicas podrán firmar los contratos modificatorios, por única vez, hasta el 30 de mayo de 2025, siempre que estos tengan el debido sustento técnico legal.
Las entidades públicas y los contratistas deben pactar nuevos plazos contractuales, que deben incluir cronogramas físicos y financieros de ejecución, y las constructoras deben actualizar la Garantía de Cumplimiento de Contrato en función del monto total ajustado.
“La normativa establece que los anticipos adicionales serán calculados sobre los montos pendientes de ejecución y deberán destinarse exclusivamente a la adquisición de materiales, maquinaria y equipos. Como contrapartida, las empresas constructoras deberán presentar garantías adicionales equivalentes al 100% del anticipo recibido”, detalló el ministro.
El decreto también dispone que las entidades públicas que financian proyectos con recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) y que no cuenten con los fondos para los ajustes puede solicitar recursos adicionales al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, cuya asignación será evaluada según la disponibilidad financiera.
Además, autoriza, de manera excepcional, el ajuste de precios del diésel y gasolina utilizados en maquinaria y equipos cuando estos sean importados directamente o adquiridos a proveedores privados en el mercado interno. El cálculo del ajuste de precios se realizará mensualmente y será aplicado únicamente al costo del insumo, sin considerar costos indirectos”, precisa.