“La ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en uso de sus atribuciones conferidas por ley resuelve: Artículo primero: (…) Suspender la aplicación de la jornada laboral en horario continuo, establecida como medida para la contención y reducción de la covid-19”, señala la norma.
Al respecto, la jefe departamental de Trabajo en La Paz, Julia Elena Condori, acotó que la norma entra en vigencia desde este lunes. “Se dispone que la jornada laboral, a partir del 6 de marzo, es de manera discontinua tanto para el sector público como el privado (…) en sí estamos volviendo a la normalidad de lo que era antes”, explicó.
De acuerdo con la autoridad, la medida fue suspendida ante la desescalada de casos por coronavirus.
“Por el bajo reporte de los contagios de covid-19 es que estamos volviendo al horario discontinuo (…) El Ministerio de Salud ha emitido los reportes correspondientes por el que se va reportando que hay un bajo índice de contagios por el covid-19 y en razón a eso el Ministerio de Trabajo ya emite la Resolución Ministerial 264”, indicó Condori.
La norma establece que cada empresa, establecimiento o institución retornará al horario en los que se regía hasta antes de la pandemia con ocho horas de trabajo. Por lo que deberán adecuar sus actividades en horarios tanto en ingreso como en salida de sus trabajadores.
“Se ha sacado la medida con anticipación para que la empresas e instituciones vayan ajustando sus horarios”, refirió la directora.
Mientras que las empresas públicas que requieran la aplicación de la jornada laboral especial o excepcional deberán sujetarse a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo 29197.
Asimismo, la resolución añade que los sectores público y privado tienen la obligación de cumplir con los lineamientos y protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Deportes.
Además, inspectores de esa cartera de Estado realizarán verificaciones del cumplimiento de las medidas establecidas en esta norma.