La norma “Por la Protección de la Salud Pública del Municipio” establece que las personas naturales, entre 18 a 65 años, deberán portarlo para ingresar a espacios públicos y comerciales.
Por su parte, las personas jurídicas, propietarios, representantes legales o encargados de la administración de espacios públicos o privados de actividades económicas, deportivas, académicas, comerciales, culturales y sociales, deberán solicitar este requisito a sus empleados dependientes y clientes. Además, deberán colocar la señalética adecuada y visible sobre las medidas de bioseguridad.
Asimismo, el sector del transporte público y gremial deberá portarlo, utilizar barbijo de manera continua en el desarrollo de sus actividades y exigir el cumplimiento de las medidas de bioseguridad a los usuarios y clientes.
Para la atención de trámites y seguimiento a realizarse en todas las instancias y oficinas del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz (GAMLP) se deberá presentar el Carnet de Vacunación.
Por lo tanto, “todas estas medidas y acciones dispuestas en el proyecto de ley, se establecen por la necesidad de mitigar y prevenir la transmisión del covid-19, resguardando la salud pública de la población del Municipio de La Paz; en atención al crecimiento alarmante de contagios en el municipio”, aclaró Dulon.