Desde el Órgano Electoral se indica que la principal causa para la inhabilitación de una persona es no haber participado, en calidad de votante, en las dos últimas elecciones nacionales.
“Los ciudadanos no votantes son todas aquellas personas que no participaron con su voto en los dos últimos procesos nacionales, es decir que no sufragaron en las Elecciones Judiciales de 2017 y en las elecciones nacionales de 2020, en consecuencia estas quedaron inhabilitadas”.
De la misma forma, se informó que las personas que han sido inhabilitadas, tendrán el lapso de 5 días para efectuar sus respectivos reclamos, este periodo de tiempo va desde el lunes 11 al viernes 15 de enero. El reclamo puede ser presentado de forma personal o virtual ante en Servicio de Registro Cívico en cada departamento.
Existen otras causales para la inhabilitación del votante, estas son el documento inválido, error en la captura, inscripción interdepartamental, posible doble identidad, posible suplantación de identidad, y la suspensión por recinto no habilitado.
Las personas inhabilitadas por ser ciudadanos “No Votantes” y por y Suspensión por Recinto no Habilitado podrán realizar su reclamo de forma presencial ante el Tribunal Departamental hasta el viernes 15 de enero.
Los ciudadanos que tengan inhabilitaciones por otras causales, podrán recabar información o efectuar su reclamo, aproximándose al Servicio de Registro Cívico, en sus instalaciones principales o en las regionales.
Esta actividad está enmarcada en el artículo 77 de la ley del Órgano Electoral y es la actividad número 38 del presente calendario electoral para las elecciones subnacionales 2021.
Solo en el departamento de La Paz, el número de personas inhabilitadas alcanza la cifra de 34.026 ciudadanos.