La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz determinó, en audiencia virtual, que a partir de la fecha, bajo ningún argumento, la empresa La Paz Limpia podrá suspender el servicio de recolección de basura en el municipio paceño.
“La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, concede la acción popular al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, determinando lo siguiente: La parte accionada (La Paz Limpia) y quienes tengan relación con el servicio de recojo de basura y tratamiento de residuos deben velar por el cumplimiento de este servicio a la ciudad de La Paz en todo momento, por lo que no es posible su suspensión bajo ningún argumento”, indica la resolución emitida el lunes por el tribunal de garantías constitucionales.
De acuerdo con la explicación del director Jurídico de la Alcaldía de La Paz, José Gonzales, la acción popular fue presentada a mediados de junio, después del paro que realizaron los trabajadores de la empresa La Paz Limpia, en demanda del pago de deudas heredadas desde la gestión de Luis Revilla.
“La acción fue presentada a mediados de junio como efecto de la suspensión del servicio de recojo de basura por parte de La Paz Limpia a razón de las deudas que se tenía con esta empresa”, afirmó Gonzales.
Explicó que la acción popular tiene un carácter preventivo para que no vuelva a existir ninguna suspensión del servicio, hecho que podría generar daño a la salud de los habitantes del municipio de La Paz.
“En ese sentido, la Sala Constitucional Cuarta determinó que bajo ningún argumento se puede suspender el servicio de recolección de basura, concediendo la tutela de la acción popular en favor de la Alcaldía y en contra de la empresa La Paz Limpia, y de cualquier otra persona u otra instancia que esté involucrada en la prestación del recojo de residuos sólidos en el municipio”, explicó el director jurídico.
Los vocales del tribunal de garantías argumentaron que la parte accionante y accionada deben ser conscientes que este servicio humano no puede ser suspendido bajo ninguna circunstancia, menos en estos tiempos de pandemia, porque está vinculado a la vida de sus ciudadanos.
“Todos somos corresponsables de un derecho mayor, todos somos corresponsables de que este servicio (aseo urbano) no debe dejar de funcionar, porque un bien mayor se encuentra de por medio vulnerado, el derecho a un medioambiente sano, el derecho a vivir en sanidad”, argumentaron los vocales.
El director jurídico de la Alcaldía de La Paz afirmó que el fallo de la Sala Constitucional Cuarta es de cumplimiento obligatorio. La resolución fue notificada a las partes en audiencia y pasará a revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, hecho que podría demorar varios meses; entre tanto, la decisión debe ser cumplida a partir de la lectura de la resolución. “Se le iniciará acciones penales pertinentes a la empresa La Paz Limpia por incumplimiento de la resolución constitucional”, sostuvo Gonzales.
La ciudad de La Paz genera alrededor de 700 toneladas de basura diaria, las que son enterradas en celdas preparadas en el actual relleno sanitario de Sak’a Churu, después que es recogida por obreros y camiones de la empresa La Paz Limpia.