Desde el 1 de enero de 2022 entrar谩n en vigencia nuevas medidas contra el covid-19 en el pa铆s, las instituciones p煤blicas y privadas pedir谩n el carnet de vacunaci贸n en lugares con aglomeraci贸n de personas, seg煤n inform贸 ayer el ministro de Salud, Jeyson Auza.
Auza, afirm贸 que el Gobierno emiti贸 dos decretos supremos para ampliar la vigencia de las medidas de bioseguridad contra el covid-19 establecidas a nivel nacional hasta junio de 2022 e implementar el carnet de vacunaci贸n como documento oficial.
El Decreto Supremo 4641 establece la implementaci贸n del carnet de vacunaci贸n contra el covid-19 en todo el territorio nacional como documento oficial certificado por el Ministerio de Salud y Deportes, que acredita que una persona fue vacunada en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Determina la regulaci贸n del registro, certificaci贸n y verificaci贸n de la autenticidad de los resultados de laboratorio para diagn贸stico del covid-19.
La presentaci贸n del carnet de vacunaci贸n entrar谩 en vigencia desde el 1 de enero del 2022. Esto contempla el esquema completo de vacunaci贸n, es decir la primera y segunda dosis ya sea de SputnikV, AstraZeneca, Pfizer, Sinopharm, Janssen que es la dosis 煤nica.
鈥淎quellas personas que decidan vacunarse pasado el 1 de enero se aceptar谩 que se presente el carnet de inmunizaci贸n; pero, deben comprometerse a completar el esquema completo鈥, indic贸 el Ministro.
Adem谩s, el Decreto Supremo 4640 determina la modificaci贸n del Decreto Supremo 4451, del 13 de enero de 2021, modificado por los Decretos Supremos 4466, de 24 de febrero de 2021, 4480, de 31 de marzo de 2021, 4497, de 28 de abril de 2021, 4527, de 23 de junio de 2021 y 4577, de 25 de agosto de 2021.
鈥淢odifica el Decreto Supremo 4451 para decir que se mantienen las medidas de bioseguridad que estaban vigentes hasta el 31 de diciembre y a este decreto supremo se incrementan otras nuevas medidas que ponemos a conocimiento de la poblaci贸n鈥, asegur贸.
La norma establece el uso obligatorio, permanente y adecuado de barbijo; lavado frecuente de manos con agua y jab贸n, uso del alcohol al setenta por ciento (70 %) y/o alcohol en gel; distanciamiento f铆sico de 1,5 a 2 metros entre personas; evitar el uso de espacios cerrados o no ventilados en la realizaci贸n de actividades; las instituciones p煤blicas, privadas, entidades financieras, religiosas, centros comerciales, mercados y supermercados, unidades educativas, universidades, institutos t茅cnicos e instituciones educativas en general, lugares de entretenimiento y otras donde exista aglomeraci贸n, deber谩n solicitar a las personas el carnet de vacunaci贸n de la primera dosis de cualquiera de las vacunas antes se帽aladas.
Para aquellas personas que a la publicaci贸n del decreto supremo no se encuentren vacunadas, deben posteriormente seg煤n, el intervalo de tiempo contar con el esquema completo de vacunaci贸n, cuando corresponda; o la prueba RT-PCR negativa emitida hasta 48 horas antes de su ingreso a los establecimientos y otros se帽alados en el presente inciso.
Las empresas de transporte interdepartamental a茅reo, terrestre, fluvial y f茅rreo, que transporten pasajeros al interior del pa铆s, deber谩n solicitar a las personas que se encuentren en edad vacunable, antes del abordaje el carnet de vacunaci贸n con esquema completo (primera y segunda dosis de la Sputnik V, o Pfizer, o Sinopharm, o AstraZeneca u otra, o una dosis de la Johnson & Johnson u otra), inform贸 ABI.
As铆 las medidas de bioseguridad y prevenci贸n en todo el pa铆s estar谩n vigentes hasta el 30 de junio de 2022, conforme al comportamiento epidemiol贸gico del covid-19.