“Tenemos un procedimiento, el Concejo nos ha remitido esta ley sancionada o aprobada y el alcalde (Iván Arias) tiene un plazo (de 10 días) para observar o promulgar la ley; evidentemente nosotros vamos a observar la ley, vamos a sugerir y recomendar al alcalde observar esta ley porque no ha habido una consulta sobre los erarios del Municipio, este porcentaje va a apoyar al pago de la tasa de aseo urbano, a pagar el servicio que tenemos de recolección de residuos sólidos”, informó el martes en Panamericana el director Jurídico de la Alcaldía de La Paz, José Gonzales.
El martes, la bancada del MAS en el legislativo municipal aprovechó su mayoría momentánea en sala y aprobó la norma de abrogación de la Resolución Administrativa 007, emitida por la Autoridad Tributaria Municipal (ATM), ante el permiso por salud solicitado por la concejala Lourdes Chambilla de la bancada Por el Bien Común – Somos Pueblo.
Gonzales cuestionó esta norma ya que no ha seguido el procedimiento establecido para estos casos, dado que para abrogar la referida resolución se debió interponer un recurso de revocatoria en el marco de los que establece el Código Tributario.
“El Concejo ha emitido una ley abrogando una resolución, esta resolución es administrativa en materia tributaria, ha sido publicada en un medio de prensa y el mecanismo para revocar esta resolución es interponer un recurso de revocatoria, en el marco de la Ley Tributaria, se debería haber interpuesto al alcalde municipal. Como nadie ha interpuesto este recurso esta resolución ha quedado firme en sede administrativa, con la ley aprobada nos han puesto en un amorfo jurídico simplemente por una directriz política y una política demagoga”, explicó Gonzales, quien reiteró que abrogar esta resolución traerá consecuencias en el erario municipal, informó AMUN.
Gonzales afirmó que la emisión de la Resolución Administrativa 007 fue correcta. “Técnicamente y legalmente esta resolución ha sido correctamente emitida, es más, estaríamos entrando nosotros a un tema de daño económico al Estado, porque esos ingresos estarían afectando al municipio”, añadió.
La autoridad jurídica de la municipalidad recordó que la referida resolución fue emitida por la ATM en cumplimiento a la Ley 2434 de Mantenimiento de Valor de las UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda), además de una Ordenanza Municipal del 2007 y el Código Tributario.