En representación del ente electoral, el secretario de Cámara del TSE, Fernando Arteaga, informó que esta decisión fue asumida en la sesión del 22 de noviembre, y se fundamenta en que los solicitantes no demostraron fehacientemente hechos nuevos o preexistentes como establece el artículo 217 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral, cuando se presenta un recurso extraordinario de revisión. En este caso, los delegados del MAS no presentaron pruebas de reciente obtención, que demuestre que la Resolución emitida por el TSE fue dictada erróneamente.
El artículo citado indica que procederá el Recurso Extraordinario de Revisión, cuando, con posterioridad a la Resolución, sobrevengan hechos nuevos, o hechos preexistentes con pruebas de reciente obtención, lo que no ocurrió. Se advirtió además que los delegados solo presentaron documentación en fotocopias simples.
Se aclaró que en el recurso extraordinario de revisión presentado, se realizaron observaciones como señalar que los datos del “Yo Participo” son suficientes para certificar la militancia de los postulantes, sin embargo, la Convocatoria al Congreso establece claramente que el hecho debe ser acreditado por: “Certificado de militancia emitido por el Órgano Electoral Plurinacional”, documento que requiere una solicitud formal ante el TSE.
Con relación al cuestionamiento del informe emitido por Secretaría de Cámara del TSE, se estableció que en enero de 2017, se emitió un informe técnico, referente al IX Congreso Nacional Ordinario del MAS, que en ese entonces, no fue objeto de observación por parte de esta organización política.
El TSE en su tarea de supervisión a eventos partidarios a través de las unidades técnicas correspondientes, no interviene en el desarrollo de los actos previstos en la convocatoria o el propio estatuto orgánico, circunscribiéndose a observar la realización de las acciones para posteriormente informar si estas corresponden o no al marco normativo que las regula. Estos y otros argumentos legales fueron tomados en cuenta para declarar improcedente, el Recurso Extraordinario de Revisión, por lo que la resolución que anuló el congreso de Lauca Ñ quedó ratificada.
Desde el TSE se aclaró que dicha resolución no invalidó, restringió o limitó el ejercicio de los derechos políticos del conjunto de los militantes del MAS y tampoco proscribió a la organización política, algún militante o dirigente, como falsamente indicaron actores políticos en los últimos días.
“Se determinó que la dirección actual del MAS-IPSP convoque a un nuevo congreso en el que se subsanen las observaciones realizadas en el proceso de supervisión y registro de la dirigencia”.
Tras esta determinación, el diputado oficialista Hernán Hinojosa, instó a Evo Morales y los sectores que lo respaldan a convocar un nuevo Congreso Nacional del partido azul, en una región diferente al trópico de Cochabamba, evitando así generar mayores espacios de confrontación con la aplicación de medidas de presión, como anunciaron miembros del ala “radical” en los últimos días.
“Se están prestando a amenazas que no corresponden con amenazas de bloqueo, cercos y otras medidas. Eso no corresponde, los bolivianos necesitamos trabajar y reactivar nuestra economía”, sostuvo.
Por su parte, el equipo jurídico que representa a Morales, liderado por el exprocurador Wilfredo Chávez, manifestaron que el accionar del TSE responde a supuestas “acciones políticas y acuerdos con el Gobierno”, por lo que se anunció presentar denuncias por prevaricato contra los vocales que rechazaron el recurso para revertir las observaciones al congreso de Lauca Ñ.