En medio de la pol茅mica por la suspensi贸n provisional de interpelaciones se conoci贸 el fallo de la Sala Constitucional Primera de La Paz que menciona a los ministros comprendidos dentro de esta decisi贸n y quienes, por ahora, no est谩n sujetos a ser interpelados en la Asamblea Legislativa.
El fallo fue notificado el 31 de agosto en la C谩mara de Senadores. El mismo corresponde a un Amparo presentado por el ministro de Econom铆a, Marcelo Montenegro, quien aleg贸 que se vulneraron sus derechos al convocarlo a una interpelaci贸n por el caso de la Gestora P煤blica, sin haberse cumplido el debido proceso.
Montenegro fue convocado a interpelaci贸n, despu茅s de no presentarse a un informe oral supuestamente de manera injustificada, pero en realidad s铆 hab铆a presentado justificativo, pero 茅ste no fue tomado en cuenta por una desorganizaci贸n administrativa en la Asamblea.
En ese marco, la Sala Constitucional determin贸 conceder en parte la tutela al ministro Montenegro y dejar sin efecto las notas mediante las cuales se lo hab铆a citado a ser interpelado.
Sin embargo, otros siete ministros se sumaron al Amparo en calidad de terceros interesados, adhiri茅ndose a los argumentos de Montenegro y alegando tambi茅n que se vulneraban los derechos en interpelaciones que se convocaban sin reglas claras.
Los siete ministros que fueron tomados en cuenta como terceros interesados son los siguientes: Mar铆a Nela Prada (Ministra de la Presidencia), Franklin Molina (Ministro de Hidrocarburos y Energ铆a), Rub茅n M茅ndez (Ministro de Medio Ambiente y Agua), Eduardo Del Castillo (Ministro de Gobierno), Edgar Monta帽o (Ministro de Obras P煤blicas, Servicios y Vivienda), Iv谩n Lima (Ministro de Justicia y Transparencia Institucional) y Sabina Orellana (Ministra de Cultura, Descolonizaci贸n y Despatriarcalizaci贸n).
La Sala Constitucional, por tanto, tambi茅n emiti贸 una medida cautelar que comprende a los ministros terceros interesados, para suspender provisionalmente sus interpelaciones, en tanto el Tribunal Constitucional revisa el caso.
鈥淓n raz贸n a la medida cautelar solicitada por el accionante y terceros, est谩 Sala Constitucional dispone la suspensi贸n provisional de los actos interpelatorios en contra de los terceros interesados hasta que la Comisi贸n de Admisi贸n del Tribunal Constitucional radicada la presente acci贸n, valore la pertinencia o no de la decisi贸n qu茅 toma este Tribunal de Garant铆as Constitucionales y decida sobre ella鈥, dice la resoluci贸n.
En ese marco, la Sala Constitucional Primera tambi茅n solicit贸 al Tribunal Constitucional la consideraci贸n prioritaria del r茅gimen cautelar definido en la acci贸n.
La decisi贸n de la Sala fue rechazada tanto por parlamentarios de oposici贸n como del oficialismo, que observaron que se coartaba la facultad fiscalizadora de la Asamblea Legislativa.
En ese marco, los detractores al Gobierno exigieron que se trate una ley para regular la interpelaci贸n y los efectos de la censura, mientras que el presidente de Diputados, Jerges Mercado expres贸 su intenci贸n de llegar a un consenso al respecto. (Erbol).