Mediante un comunicado, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) record贸 que partidos pol铆ticos y agrupaciones ciudadanas del pa铆s, tienen hasta el 31 de julio de 2024 para cumplir con su obligaci贸n de abrir una cuenta bancaria a nombre de su respectiva organizaci贸n pol铆tica, en cualquier entidad financiera del pa铆s que est茅 regulada por la Autoridad de Supervisi贸n del Sistema Financiero (ASFI).
Desde el 脫rgano Electoral se puntualiz贸 que estas cuentas deben estar a nombre de cada organizaci贸n pol铆tica con la caracter铆stica de ser solidaria mancomunada, para que los militantes, simpatizantes, invitados y miembros del partido puedan depositar contribuciones y donaciones.
Una vez abierta la cuenta bancaria, 茅sta deber谩 ser presentada al Tribunal Supremo Electoral o al Tribunal Electoral Departamental que corresponda.
Para la apertura de la cuenta bancaria, los partidos pol铆ticos y agrupaciones ciudadanas deben obtener previamente su N煤mero de Identificaci贸n Tributaria (NIT) y/o modificaci贸n en el Padr贸n Biom茅trico Digital.
Una vez obtenido el NIT, los partidos pol铆ticos y agrupaciones ciudadanas deben abrir su cuenta bancaria con los siguientes requisitos:
Escritura de constituci贸n social, resoluci贸n u otro documento an谩logo que acredite la personalidad jur铆dica; Estatutos vigentes y debidamente aprobados y con las formalidades de ley, en los casos que corresponda; Registro de firmas; Formulario de apertura de cuenta corriente o caja de ahorro; Poderes de administraci贸n inscritos en el Registro de Comercio de Bolivia, cuando corresponda o copias legalizadas de las actas de designaci贸n y posesi贸n de sus representantes, en lo pertinente; Documentos de identificaci贸n de los apoderados o representantes; NIT o inscripci贸n en el Padr贸n Nacional de Contribuyentes Biom茅trico Digital, cuando corresponda; No estar incluido en las listas de cuentas corrientes clausuradas emitidas por la Autoridad de Supervisi贸n del Sistema Financiero; y otra documentaci贸n adicional que requiera la entidad supervisada.