Los accionados en este caso eran el vicepresidente David Choquehuanca y la Comisión de Justicia de la Asamblea Legislativa, con el objetivo de que cumplan su rol de tramitar el juicio de responsabilidades.
Sin embargo, en criterio de la Sala Constitucional no correspondía una Acción de Cumplimiento en el caso, sino una Acción de Amparo, porque se pretendía garantizar un derecho sobre la jurisdicción que correspondería a la exmandataria.
“No estaría procediendo la Acción de Cumplimiento, esto en el entender, a criterio de esta Sala Constitucional, que al existir una posible afectación de derechos y de garantías, esto debería de corresponder a la vía de Amparo Constitucional”, explicó el abogado de Añez, Luis Guillén.
Añez insiste en que le corresponde juicio de responsabilidades y no proceso ordinario, al ser exmandataria y denunciada por hechos ocurridos durante el ejercicio del cargo.
En la audiencia de ayer, la exmandataria criticó que se haya otorgado juicio de responsabilidades incluso a Luis García Meza, pero se lo nieguen a ella.
Un juicio de responsabilidades se desarrolla ante el Tribunal Supremo de Justicia, previa autorización de dos tercios del parlamento, mientras que un juicio ordinario se da ante un tribunal de sentencia.
Añez ya enfrenta varios casos en la jurisdicción ordinaria: los denominados “golpe de Estado”, Senkata, Sacaba y EBA. (Erbol).