La declinatoria del Tribunal de Sentencia Cuarto de El Alto para juzgar en juicio ordinario a la expresidenta Jeanine Añez, a la que se sumó ayer el Tribunal de Sentencia Primero de Sacaba, abre la vía de un juicio de responsabilidades, en cumplimiento a la Ley 044 para el Juzgamiento de la Presidenta o Presidente y otras altas autoridades, manifestó a EL DIARIO el abogado Eusebio Vera.
“La resolución del Tribunal de El Alto ha marcado un precedente de carácter obligatorio, es así que todos los procesos que se han instaurado en contra de Jeanine Añez por acciones, actos y comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones, debe ser juzgada de acuerdo a la Ley 044, norma que no hace una discriminación de si es Presidente constitucional, de facto, inconstitucional, dictatorial u otro tipo de presidencia”, explicó el jurista.
En ese marco, apuntó que los otros procesos en el que Añez es juzgada en procesos ordinarios por actos cometidos en su mandato deben seguir esa línea e ir a un juicio de responsabilidades, como el caso de la Empresa Boliviana de Alimentos (EBA), donde la expresidenta es procesada por presuntamente un nombramiento irregular.
SUPUESTO GOLPE DE ESTADO
Respecto al proceso del supuesto golpe de Estado de 2019, Vera aclaró que el caso denominado golpe de Estado II, donde la expresidenta fue sentenciada a 10 años de prisión acusada por el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, fue antes de que asuma la presidencia.
“Ese hecho (Golpe II) fue antes de que ella asuma la presidencia, supuestamente por hechos que ocurrieron en la Asamblea Legislativa porque no había un quórum respectivo, porque no había seguido el conducto regular que indica el reglamento de la Asamblea y que había asumido de manera irregular. En el caso Golpe I tendrían que determinar ese marco de acción que tiene el Ministerio Público para continuar con este proceso porque si se la juzga a Añez por lo que ha sucedido el 10, 11 y las primeras horas del día 12 (de noviembre de 2019), todos esos hechos ya han sido juzgados en el caso Golpe II y no pueden volver a ser juzgados en el Golpe I, por ese marco de acción debe definir el Ministerio Público”, dijo.
Aclaró que si el Ministerio Público realiza investigaciones en contra de Añez bajo el concepto de terrorismo, tendrán que demostrar que ella incendió las cortes electorales, que gestó el supuesto Golpe, u otras acciones específicas que hubiera realizado para que sean tipificados como terrorismo.
En ese marco, Vera apuntó que las normas son claras. “Desde un primer momento, a la señora Añez le correspondía un juicio de responsabilidades, así lo determina la Ley 044. Como en Bolivia prevalecen las acciones de carácter político, lamentablemente el Órgano Judicial se ha sumido a todas las instrucciones del órgano político y ha perdido toda objetividad, lógica y sana crítica”, lamentó.
SACABA
El Tribunal de Sentencia Primero de Sacaba emitió una resolución, donde se declara incompetente para juzgar a la expresidenta en un juicio ordinario por las muertes en el puente Huayllani.
El miércoles, el Tribunal emitió la “Resolución de Incompetencia” en el caso COD. FUD: 30227249 que investiga las muertes del 15 de noviembre del 2019 en el puente Huayllani, Sacaba. El Ministerio Público presentó la acusación por los delitos de genocidio, genocidio en grado de tentativa, el 24 de octubre, contra la exmandataria y otras exautoridades.
La decisión de los jueces establece tres disposiciones, entre las que está dejar sin efecto todo lo obrado y devolver los antecedentes ante el Juzgado de Instrucción Cautelar No. 1 de Sacaba. También establece que la resolución “no admite recurso de apelación”. El documento sugiere que la expresidenta sea juzgada en un juicio de responsabilidades.
“Por todo lo precedentemente referido y analizado, éste Tribunal de Sentencia No. 1 de Sacaba con total independencia y conforme a la Constitución y el Bloque de constitucionalidad, no detenta la condición de ‘juez natural competente’ por lo que debe declararse incompetente para llevar adelante el juicio oral contra una expresidenta Jeanine Añez Chávez y los otros involucrados, y que de llevar adelante en vía ordinaria la tramitación del juicio y el emitir una sentencia de primera instancia, se estuviera incurriendo en una flagrante vulneración del Debido Proceso, la Legalidad y Seguridad Jurídica incurriendo en nulidad absoluta y por ende en retardación de justicia para las víctimas, quienes merecen el acceso a la justicia con seguridad jurídica conforme al ordenamiento jurídico que se ha hecho referencia, lo que no implica impunidad, pues lo que se persigue es que los acusados sean juzgados por la autoridad competente conforme a las normas en vigencia”, argumenta la resolución de incompetencia.
RECHAZÓ ACUSACIÓN
Luego de que la Fiscalía la acusó formalmente en los casos Senkata-Sacaba, la expresidenta Jeanine Añez criticó la acción del Ministerio Público y rechazó los cargos de genocidio que se le atribuyen.
Según Añez, la acusan de genocidio como si hubiese sido Adolfo Hitler, la milicia palestina Hamás o una dictadura.
“Me acusan de genocidio como si fuera Hitler, Hamás o las dictaduras que aplauden. Genocida es matar al pueblo de hambre y droga, intoxicación con mercurio o incendios, cercar ciudades, prohibir paso de oxígeno y alimentos”, publicó Añez en redes sociales.
Denunció que la “arrancaron” de su hogar en marzo de 2021, cuando fue detenida y afirmó que “los cobardes hacen leña del árbol caído”.
Sostuvo que no habrá justicia en tanto no haya juicio de responsabilidades y que Evo Morales responda ante un Tribunal.
En los casos Senkata y Sacaba, la Fiscalía pedía 30 años de cárcel contra la exmandataria por el delito de genocidio. La acusaron por la represión que dejó 20 fallecidos, durante las manifestaciones de noviembre de 2019.