El pronunciamiento fue difundido ayer tras la decisión de un juez que excluyó de una audiencia virtual a los periodistas que cubrían el análisis de medidas cautelares para el exministro de Medio Ambiente, Juan Santos, por actos de corrupción.
El juez del Juzgado Cuarto Anticorrupción de La Paz asumió la medida de restricción atendiendo el pedido del abogado defensor del exministro que presentó a su defendido como víctima de ataques de la prensa.
La ANP recordó que el artículo 21 de la CPE señala que los ciudadanos tienen derecho “a acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva”. A ello se agrega la libertad de prensa reconocida por tratados internacionales y la CPE.
La organización de diarios independientes alertó que la exclusión de periodistas de audiencias judiciales virtuales se está convirtiendo en una práctica común. Citó entre otros casos las audiencias de procesos contra la expresidenta Jeanine Añez, de las cuales los periodistas son echados con diferentes argumentos.
La ANP considera que la transparencia debe imponerse en las actuaciones de la justicia para ofrecer información oportuna a los ciudadanos, y alerta que la exclusión de los reporteros de estos actos de interés público sólo contribuye a generar desinformación.
La percepción que deja la medida de la autoridad judicial sólo genera dudas sobre la transparencia del proceso y la aplicación de las leyes.
A pedido de la defensa del ex ministro de Medio Ambiente y Agua Juan Santos Cruz, el juez a cargo de la audiencia cautelar excluyó a los medios de comunicación de la sala virtual. La exautoridad enfrenta una serie de denuncias de corrupción.