De acuerdo a la denuncia, la evaluación final de méritos fue publicada el 23 de febrero de 2023. En ésta, los postulantes M. A. P. P. y R. A. Q. tienen 30.5 y 32.5 puntos, respectivamente, no obstante, el 28 de febrero apareció otra, donde ambos postulantes suben su puntaje en 5 y 6.5 puntos más respecto a la evaluación original.
“A M. A. P. P. le suben la nota a 35.5 y, a R. A. Q. a 39, coincidentemente, con esta alteración ambos postulantes resultaron como aparentes ganadores del examen de competencia”, manifestaron.
El tribunal de méritos, en una carta fechada el 27 de marzo del presente año y firmada por dos docentes y tres estudiantes, ratifica que la lista definitiva fue entregada el 23 de febrero y no el 28.
El Reglamento y Manual de Selección y Admisión Docente de diciembre de 2010, usado por el director para este caso, establece en su artículo 17, parágrafo 2, que “la falta de una de las firmas de los miembros de la comisión de méritos invalidará el proceso”. La evaluación del 28 de febrero no tiene la firma de uno de los miembros del Tribunal Docente, por tanto, carece de validez legal, indica la denuncia.
Al respecto, Aguilar manifestó a EL DIARIO que no existe ninguna irregularidad y que las impugnaciones son realizadas por postulantes que perdieron.
“El 9 (febrero) ha salido la primera publicación, en medio de eso, el 13, 14 y 16 hay una etapa donde pueden reclamar, reclaman y pueden subir puntaje porque puede ser que no se le ha tomado en cuenta un libro, artículo, etc., sale otra publicación que es el 23, el 23 se publica y el 28 la comisión me envía la lista oficial y esa es la que se utiliza para el examen de competencia”, dijo.
Asimismo, Aguilar explicó que no hay co-gobierno porque hace años no hay un centro de estudiantes ya que no se eligió a los representantes.
“Los estudiantes firmaron a título personal, pero no son representantes, delegados de un centro de estudiantes (…) El reglamento dice que en caso de que no haya centro de estudiantes se apela al Consejo Facultativo”, explicó.
Asimismo aclaró que hay una resolución que respalda la conformación de tribunales de evaluación.
REGLAMENTO
A fin de evitar la manipulación en la conformación de tribunales de méritos y de examen de competencia para favorecer a determinados postulantes, las normas de la UMSA indican que éstos deben ser conformados por sorteo en cogobierno (docentes y estudiantes), en el Consejo de Carrera o Consejo Facultativo.
El Estatuto Orgánico de la UMSA establece, en su artículo 2, que “la base de su constitución es la organización democrática y la decisión soberana de la comunidad universitaria compuesta por los estamentos de docentes y estudiantes, quienes en forma paritaria conforman todas las instancias de decisión y de gobierno universitario”.
El Reglamento del Régimen Académico – Docente de la Universidad Boliviana, en su artículo 70, estipula que la comisión evaluadora de conocimientos científicos (comisión de examen de competencia) “será designada en la instancia de cogobierno correspondiente y estará conformada de acuerdo con las disposiciones correspondientes adoptadas por cada consejo universitario”.