“Téngase por radicado el presente cuaderno de autos con sentencia condenatoria ejecutoriada dentro del proceso penal fenecido seguido por el Ministerio Público en contra de F. E. Jesús F. (cuatro años de privación de libertad) y M. M. Jitler N. (tres años de privación de libertad) mediante sentencia número 48/2019 de fecha 26 de abril de 2019 por el delito de uso indebido de bienes y servicios públicos (…)” se lee en la resolución.
Según los documentos al que accedió Erbol, el 7 de abril de 2022 los mandamientos de captura para estas dos personas, empero las mismas no fueron ejecutadas, según denuncia la víctima Verónica C.
“Lo que me dicen en la Felcc (Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen) es que no tienen personal. Me tienen yendo y viniendo y no me dan ninguna respuesta”, manifestó.
La denuncia contra los efectivos surge a raíz de un allanamiento ilegal que presuntamente realizó el policía Jitler M. junto a un familiar cuando ingresó al domicilio de Verónica C. en 2011. Dentro de ese proceso, el entonces asesor jurídico del Comando Departamental de La Paz, Jesús F. F. E., asistió como defensa legal a Jitler M. y su hermano en ocho actuados, a pesar de que se trataba de un caso particular.
Según la sentencia, este policía no debió intervenir en este proceso como defensa legal, porque no es parte de sus funciones. El argumento jurídico consiste en que la Ley 387 del Ejercicio de la Abogacía impide que un servidor público patrocine casos particulares.
En su defensa, el expolicía Jitler M. señaló que la denunciante le inició el proceso hasta sentenciarlo por un tema de “revanchismo”, por haber iniciado una demanda penal a los hermanos de la misma por el delito de robo.
El Director General de Investigación Policial Interna, coronel Benjamín Burgoa, señaló que en base a la Ley 101 de la Policía los efectivos que cuenten con una sentencia ejecutoriada son dados de baja inmediatamente de manera definitiva.
“Con relación a eso, la Ley 101 es clara y nos faculta para que un funcionario policial que llegue a tener una sentencia ejecutoriada, el mismo es suspendido su sueldo y posteriormente alejado de las filas de la Policía Boliviana. Es una baja definitiva por haber incurrido en este caso en un delito”, dijo. (Erbol).