“Es otro fallo irracional, aberrante, la Constitución les prohíbe a ellos entrar como jueces ordinarios, una cosa es la justicia ordinaria y otra el TCP. Ellos como si fueran tribunal de instancia valoran prueba, como si hubieran escuchado a testigos, peritos, se dan a la tarea de valorar y decir que no corresponde, violando la propia CPE. Eso es producto de la presión mediática”, lamentó el jurista en entrevista con EL DIARIO.
Zegarra aclaró que al fallo del TCP, se interpuso un recurso de complementación y enmienda, por tanto hasta que no haya un pronunciamiento, la sentencia está paralizada y la situación jurídica de su cliente no puede ser modificada aún.
En ese marco aclaró que la norma permite que una persona que enerva todos los riesgos procesales salga con detención domiciliaria. Recordó que su patrocinado estuvo cinco años con detención preventiva y está dos con domiciliaria, tomando en cuenta que tiene una madre e hijos menores.
En similar criterio, el abogado Eusebio Vera, manifestó a EL DIARIO que el TCP no dispuso nada más que se haga una nueva resolución, cumpliendo las observaciones.
“El TCP ha dado los parámetros, marcos jurídicos para que la Sala Penal Segunda dicte una nueva resolución”, apuntó.
Vera aclaró que el TCP no es competente para rechazar la detención domiciliaria de nadie, porque ese es un proceso ordinario. Apuntó que esa instancia es la que resguarda, controla y hace que todas las leyes, sobretodo la Constitución, se cumplan.
“No se mete en cosas ordinarias, su labor es supra, tiene el carácter de control de constitucionalidad, por eso el TCP dispone que se dicte una nueva resolución, porque no pueden revocar o no revocar, o ver la situación del señor Kushner, porque esta es una situación ordinaria. Ellos no resuelven nada de fondo. Si se interpuso una aclaración y enmienda, esa resolución del TCP todavía no es susceptible de cumplimiento obligatorio hasta que no se pronuncie”, aclaró.
USO INDEBIDO
DE INFLUENCIAS
Por otro lado, después que un medio de comunicación fue a exigir a jueces, fiscales y la Policía ir a verificar el cumplimiento de detención domiciliaria de Kushner, Vera manifestó que ese es un claro ejemplo de uso indebido de influencias, ya que la presentadora llamó a un Viceministro, “en vivo”, para pedir un efectivo policial para tal fin.
“Estamos desnaturalizando a cada una de las instituciones, tenemos autoridades en los diferentes niveles, que están encargados a atender esas situaciones y que se le dé curso a alguien solo por tener cámara y micrófono, no está bien”, advirtió.
En esa misma línea, el abogado Zegarra lamentó que su cliente esté siendo víctima de una muerte civil al ser llamado feminicida, cuando la sentencia está en apelación.
VOLVER A
LA CÁRCEL
La pasada semana, la abogada Paola Barriga que patrocina a la familia de la víctima de feminicidio, manifestó que Kushner debería dejar su arresto domiciliario para volver a la cárcel a cumplir su sentencia.
“Dos años que un feminicida está de vacaciones en su casa, algo inédito, pero gracias a esta sentencia constitucional que hace historia en nuestro país, que sienta un precedente valiosísimo, ya en los próximos días William Kushner tiene que retornar al recinto penitenciario, como establece la sentencia”, Barriga en la oportunidad.
Asimismo dijo que la justicia determinó que los operadores que dejaron que Kushner se vaya a casa, obraron de manera desatinada, sin tomar en cuenta varios aspectos y en desmedro de los derechos de la víctima y su familia.
“El Tribunal Constitucional ha ejercido justicia en este caso y nos sentimos realmente complacidas, como ciudadana de a pie, porque al final lo único que hemos buscado es justicia”, aseveró Barriga.
EL HECHO
En agosto de 2015, falleció Andrea A. Por el hecho el Ministerio Público acusó a Kushner, su expareja, por homicidio en accidente de tránsito, mientras que los acusadores particulares dijeron que fue feminicidio.
Zegarra calificó la sentencia como “aberrante” ya que las pruebas demuestran que Andrea murió por un accidente y no fue feminicidio.
“La sentencia que se ha emitido el 24 de septiembre de 2020, es más que una aberración jurídica, son 42 testigos de los cuales todos coinciden, excepto la madre, el hermano y las dos personas que le acompañaban a la supuesta víctima. Todos declaran que la que lo ha retenido, perseguido y quien ha salido corriendo detrás de él ha sido Andrea Aramayo. Todos los peritajes demuestran que ella tenía un trastorno de personalidad (…)”, dijo el jurista, en entrevista anterior con este medio.
Aclaró que no hay un solo elemento probatorio, ni siquiera de la parte adversa, que demuestre que su cliente es el supuesto feminicida.
“Han falseado hasta el lugar del accidente, eso está probado con 15 peritajes. La tesis y la acusación del Ministerio Público es homicidio en accidente de tránsito, nunca fue de feminicidio. Todos los peritos de la Fiscalía, el Iitcup (Instituto de Investigaciones Técnico Científicas de la Universidad Policial) concluyeron que era accidente. Todos los guardias de seguridad, las meseras, garzones, han declarado que ella salió detrás de él”, recordó.