ONU preocupada por uso excesivo de la fuerza y exhibición de cocaleros
El Diario
Publicado Viernes, 12 de Agosto de 2022.
El artículo 296, numeral 4 del Código de Procedimiento Penal señala: “No permitir que los detenidos sean presentados a ningún medio de comunicación social, sin su expreso consentimiento, el que se otorgará en presencia del defensor y se hará constar en las diligencias respectivas”.