Dentro del proceso se evidencia que ha sido procesada y sentenciada por jueces ordinarios que no tienen la más mínima competencia para hacerlo, por lo tanto la sentencia es nula porque en este caso se aplica el artículo 122 de la Constitución Política del Estado (CPE), manifestó el abogado y exalcalde de La Paz, Juan del Granado.
“Son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley”, señala el artículo 122 de la CPE.
En ese marco dijo que Añez no fue sometida a un debido proceso. Asimismo dijo que debería defenderse en libertad tomando en cuenta que la detención preventiva es excepcional.
DELITO IMAGINARIO
La exmagistrada del Tribunal Constitucional (TC), Silvia Gilma Salame Farjat, a tiempo de aclarar que fue muy crítica del gobierno de Añez, por los altos índices de corrupción, quien “además aprovechó la condición servil del sistema judicial y la actitud complaciente de la Asamblea Legislativa para viabilizar su prorroguismo y quedarse en la Presidencia, más allá del tiempo que le correspondía”, manifestó que en su condición de jurista no puede dejar de denunciar la vulneración de los derechos de la expresidenta, así como el interés vedado de utilizar este proceso con fines eminentemente políticos, hasta el punto de tal vez dar paso a su muerte para convertirla en mártir de la democracia.
“Como es de conocimiento de la ciudadanía boliviana, el proceso electoral del 20 de octubre de 2019, fue suspendido debido los graves conflictos sociales que se suscitaron en nuestro país, por el descontento de la ciudadanía debido al fraude electoral. Para pacificar el país, el Estado boliviano, solicitó a la Secretaría General de la OEA (Organización de Estados Americanos), se realice una auditoría para determinar si las denuncias de fraude electoral eran evidentes”, recordó.
Apuntó que el convenio que suscribió el Estado para realizar la auditoria, estableció que el Gobierno se comprometía a dar cumplimiento a los resultados.
El 10 de noviembre de 2019 la OEA, publicó el informe, se confirmaron las irregularidades en el recuento de votos y otras observaciones que afectaron los resultados que llevaron a realizar la investigación por el fraude.
“No obstante el compromiso asumido, el Gobierno no honró su palabra, más por el contrario emprendió una cacería judicial contra sus adversarios políticos, que desembocaron entre otros en los procesos denominados golpe”, dijo.
SENTENCIA
«El 10 de junio de 2022, se dictó la sentencia en el caso “golpe II”, seguido a la expresidenta, Janine Añez, ¿será posible que ahora el dos sea antes que el uno?», cuestionó Salame.
“En este proceso al igual que el caso “golpe I”, se vulneraron los derechos fundamentales de la señora Añez, entre otros el derecho al debido proceso, en su componente al juez natural, se la juzga desconociendo su estatus de expresidenta. La garantía de acceso a la justicia, o tutela judicial efectiva y su relación con el derecho a la defensa como elemento del debido proceso, así como el derecho a la igualdad procesal”, advirtió la exmagistrada.
Apuntó que en procesos análogos de juzgamiento a expresidentes como Hugo Banzer y Luis García Meza que fueron gobiernos de factos, se cumplió la Constitución y fueron juzgados en un juicio de responsabilidades.
“La Comisión de Fiscales actúa de manera diferente, en dos casos análogos, aplicando de manera discrecional la Constitución y las leyes en desmedro de la señora Añez. El juicio ordinario golpe de Estado, instaurado contra la expresidenta es nulo, los jueces que la sentenciaron carecían de competencia”, advirtió.
“En síntesis, se puede concluir que la sentencia a 10 años es arbitraria e ilegal, prueba la manipulación del sistema judicial, producto del exceso de poder, la arbitrariedad del Ministerio Público, la judicializacion de la política y la politazación de la justicia”, aseveró.
En ese marco dijo que “esta decisión política debe ser revisada por un tribunal de alzada, y reencauzada de acuerdo a las normas y leyes que aún están vigentes en nuestro país, lo contrario, significará que el Estado de Bolivia sea denunciado y sancionado ante Tribunales Internacionales”, concluyó.