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Denuncian que director de la CPS coarta derecho a la manifestación

El Diario
Publicado , 05 de Febrero de 2023.
Denuncian que director de la CPS  coarta derecho a la manifestación
El abogado Marco Ramos aclaró a EL DIARIO que el parágrafo I del artículo 51 de la Constitución Política del Estado determina que todas las trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a organizase en sindicatos de acuerdo con la ley. El abogado Ramiro Carrillo manifestó a EL DIARIO que en materia laboral, la denuncia contra el dirigente sindical supone un despido indirecto y acoso laboral.

Después que el director de la Caja Petrolera de Salud (CPS), denunció en la vía penal al secretario general del Sindicato de Trabajadores de la departamental La Paz de esa instancia, Richard Mallea, los trabajadores manifestaron a EL DIARIO que el extremo obedece a un intento de amedrentamiento y pretender coartar el derecho a la manifestación y libertad de expresión.


La tarde de ayer, Mallea declaró en la Fiscalía a denuncia de David Silvestre Martínez Flores, director ejecutivo de la CPS, por el delito de atentados contra la libertad de trabajo y violencias o amenazas, por obreros y empleados.


La secretaria de relaciones del Sindicato, Mónica Flores, aclaró que en pasadas semanas los trabajadores de la CPS realizaron manifestaciones, empero que en ningún momento impidieron el ingreso de la máxima autoridad a las oficinas. Apuntó que Mallea no realizó manifestaciones de manera personal sino en representación a todos los trabajadores afiliados.


“Han denunciado que nosotros hemos impedido el ingreso de la autoridad a las oficinas y que le hemos violentado y eso es totalmente falso (…). Ahora estamos en proceso de diálogo y nuestra primera petición es que deje de perseguir a los trabajadores y dirigentes”, aseveró Flores.


“Mallea somos todos”, arengaban ayer los trabajadores que se apostaron en la puerta de la Fiscalía.


“Lo han denunciado porque ha estado a la cabeza de una movilización, y nosotros estamos respaldando y exigiendo a la Fiscalía que respeten la libertad de expresión que no nos coarten la libertad de reunirnos y expresar si el trabajador está en desacuerdo de alguna decisión”, manifestó una trabajadora de la CPS.


Por otro lado, la dirigente sindical aclaró que tienen reglamento interno de trabajo, empero los ejecutivos se saltaron todos los procedimientos y acudieron directamente a la vía penal.

NORMA


El abogado Marco Ramos aclaró a EL DIARIO que el parágrafo I del artículo 51 de la Constitución Política del Estado determina que todas las trabajadoras y los trabajadores tienen derecho a organizase en sindicatos de acuerdo con la ley.


Asimismo refirió el numeral 31 del parágrafo II del Artículo 298 del texto Constitucional, señala que es “competencia exclusiva del nivel central del Estado las políticas y regímenes laborales”.


“El artículo 99 de la Ley General del Trabajo, de 8 de diciembre de 1942, establece que se reconoce el derecho de asociación en sindicatos, que podrán ser patronales, gremiales o profesionales, mixtos o industriales de empresa. El Artículo 102 de la Ley General del Trabajo, dispone también que las relaciones entre el poder público y los trabajadores, se harán por las Federaciones Departamentales de Sindicatos o integradas en Confederaciones Nacionales”, precisó.


Aseveró que el inciso i) del artículo 86 del Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, señala como una de las atribuciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, garantizar el derecho de los trabajadores a la libre sindicalización y organización para la defensa de sus intereses, representación, la preservación su patrimonio tangible e intangible.


En ese marco, Ramos aclaró que la denuncia del director de la CPS responde a una “amenaza” para que los trabajadores dejen de protestar y denunciar actos de corrupción que no son valorados por el Gobierno.

DESPIDO INDIRECTO


Por otro lado, el abogado Ramiro Carrillo manifestó a EL DIARIO que en materia laboral, la denuncia contra el dirigente sindical supone un despido indirecto y acoso laboral.


“Si el director de la CPS inició un proceso penal al dirigente se constituye en un despido indirecto y puede acudir a un Amparo Constitucional para que no prosiga el proceso penal porque está prohibido el despido indirecto”, apuntó.


Aclaró que al tratarse de un despido indirecto no se cumplió con el procedimiento administrativo interno, ya que el dirigente debería salir con responsabilidades.


“El derecho a la protesta y sindicalización están garantizados, además los dirigentes están declarados en comisión y no pueden ser procesados”, apuntó.

MOVILIZACIONES


En semanas anteriores, lo trabajadores de CPS se movilizaron en demanda de la renuncia o destitución del director ejecutivo de ese ente asegurador debido a una presunta mala gestión y uso de influencias, entre otros aspectos. En tanto que, autoridades señalaron que esos movimientos se deben a que estarían dañando intereses personales debido a la investigación y seguimiento a procesos en contra de exautoridades y dirigentes sindicales.


“Lo primordial, es la mala, pésima, gestión del doctor (David) Martínez, está casi dos años en la institución. (Cuando empezó) estábamos esperanzados los trabajadores, porque es parte de la institución, pensamos que pelearía porque sabe los problemas de la institución, pero vimos que no sabe administrar”, señaló Mallea en la oportunidad.


Precisó que la CPS tiene un “gran déficit” que se arrastra de administraciones anteriores y que se agudizaron con los problemas de la pandemia, empero Martínez no elaboró planes estratégicos para contener gastos y generar políticas para captar nuevos ingresos, entre ellos la afiliación de nuevas empresas.


Al respecto, el secretario general del Sindicato Médico y Ramas Afines (Simra) de la CPS, Nelson Mamani, en una anterior entrevista con medios de comunicación, sostuvo que los problemas comenzaron hace 12 años y que con el pasar del tiempo, el déficit se fue incrementando.


Aclaró que de inicio el problema fue de Bs 6 millones, luego incrementó a Bs 12 millones, Bs 24 millones, hasta que en diciembre de 2021 llegó a Bs 61 millones.


“En dos años de gestión ha habido una mala administración económica, con decir que el año pasado no había ibuprofeno, paracetamol”, aseguró en esa oportunidad.

PRÉSTAMO


En octubre de 2022, cuatro funcionarios de la CPS, entre ellos Martínez, fueron imputados por el delito de conducta antieconómica, después de realizar préstamos a sus trabajadores por un monto de Bs 7.000 por un lapso de siete meses, de febrero a agosto, con un interés nominal del 10% anual, según la resolución de imputación formal a la que EL DIARIO tuvo acceso.


La Autoridad de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss), formalizó la denuncia ante el Ministerio Público contra Martínez; el jefe departamento nacional de asesoría legal, Juan Carlos C. G.; directora nacional administrativa financiera, Nancy B. de R. y la jefe del departamento nacional administrativo financiero ai, Zulma V. G. Los cuatro fueron imputados el pasado 22 de septiembre por el delito de conducta antieconómica.


La Asuss refiere que por Resolución Administrativa con CITE: OFN-DGE-JDNAL-R.A. No 008/2022 de fecha 20 de enero de 2022 firmada por el Director General Ejecutivo de la CPS y validada por el Jefe Departamento Nacional de Asesoría Legal, se aprueba la otorgación de préstamos de escolaridad a los trabajadores de esa institución por un monto de Bs 7.000 por única vez, a ser descontados del haber mensual.


Para el fin, fueron tomados en cuenta los trabajadores que no tenían deudas pendientes con el ente gestor y que se consideró como un contrato de partes la nota de solicitud presentada por los trabajadores.


“La Resolución Administrativa en la parte considerativa, párrafo V, establece que el préstamo de escolaridad será otorgado a trabajadores de ítem de base a tiempo completo por Bs 7.000 y a trabajadores de ítem de base a medio tiempo por Bs 3.500, sin embargo en su parte Resolutiva. Art. 1., no considera la otorgación de los préstamos de escolaridad a los trabajadores de ítem de base a medio tiempo”, se lee en parte del documento.


La Assus señala que en la supervisión documental se evidenció las inconsistencias entre los importes registrados en los comprobantes de contabilidad por préstamo de escolaridad 2022 y los “Estados de la cuenta 11310 – Cuentas a Cobrar a Corto Plazo. Auxiliar Contable 112 deudas de personal, lo que da a entender que se desembolsó los préstamos a trabajadores de la CPS que cuentan con deudas de gestiones anteriores, que no fueron recuperadas”.


Asimismo la Assus aclara que los entes gestores de salud, comúnmente llamados cajas de salud, son los operadores de la seguridad social de corto plazo, la cual incluye solamente los regímenes de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales, “por consecuencia lógica, no pueden realizar préstamos ni mucho menos cobrar prestamos con fines de lucro, tal como el Director General Ejecutivo de la CPS pretendía realizar”.


Mallea precisó que la poca transparencia de ese préstamos ese es otro aspecto que mueve a los trabajadores a pedir la renuncia de Martínez, ya que se desconoce el destino de los intereses.


“Nos ha hecho un préstamo a los trabajadores y nos ha cobrado el 10 por ciento de interés, y nos ha cobrado a nivel nacional. Primero qué ha hecho ese dinero, en qué lo ha utilizado. Segundo, no es una entidad de lucro, la seguridad social, y no nos puede cobrar intereses, en ese proceso está todavía este señor”, apuntó el dirigente.


EL DIARIO buscó la versión del director de la CPS pero vanos fueron los intentos.



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