“Quiero decir que la instancia que debería preservar la ley, el respeto a la ley y a la Constitución Política del Estado me llama para declarar por una supuesta promulgación de una ley o leyes que están en contra de la Constitución, yo no las voy a promulgar porque son leyes que atentan al mínimo sentido de autonomía y no vamos a seguir en esa línea”, dijo Arias.
El munícipe manifestó que las normas que fueron remitidas al Ejecutivo fueron observadas más no subsanadas, hecho por el que se negó a promulgarlas.
De acuerdo a la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales se regula el procedimiento legislativo en los municipios y esta norma no prevé la obligatoriedad de la promulgación de leyes por parte del Ejecutivo Municipal, cuando existen observaciones al contenido del proyecto de ley.
El Art. 23 inciso “j” de esta norma señala que el procedimiento legislativo se desarrollará de la siguiente manera: “En caso de que el Concejo Municipal considere infundadas las observaciones, la Ley Municipal será promulgada por la Presidenta o el Presidente del Concejo Municipal. Las decisiones del Concejo Municipal se tomarán por mayoría absoluta del total de sus miembros”.
Con base en esta norma, el Concejo Municipal puede promulgar normas sin que esto importe un incumplimiento de deberes por parte del Alcalde. En ese marco, Arias resaltó que “quieren que apruebe leyes inconstitucionales y no voy a hacer eso”.