El Ministerio de Gobierno ha hecho un hábito exponer a los presuntos autores de delitos ante los medios de comunicación, incluso se les coloca un chaleco de “aprehendido”, no obstante el Código de Procedimiento Penal prevé que solo con autorización podrían ser presentados públicamente, dice el ministro de Justicia, Iván Lima.
“El Código de Procedimiento Penal señala que toda persona que va a ser exhibida ante los medios de comunicación tiene que tener una declaración escrita firmada por su abogado defensor, si no hay la declaración escrita de la persona que va a ser presentada, no puede realizarse (la exhibición)”, afirmó Lima en el programa Asuntos Centrales.
El artículo 296, numeral 4 del Código de Procedimiento Penal es expreso, señala que en situaciones de aprehensión los miembros de la Policía deberán cumplir con principios básicos de actuación, por ejemplo: “No permitir que los detenidos sean presentados a ningún medio de comunicación social, sin su expreso consentimiento, el que se otorgará en presencia del Defensor y se hará constar en las diligencias respectivas”.
El Ministerio de Gobierno cada semana realiza un reporte a los medios de comunicación sobre los operativos de aprehensión y arresto de personas presuntamente involucradas en delitos, en algunos casos son reaprehensiones, están vinculados a diferentes ilícitos robo, narcotráfico, violación, feminicidios, entre otros, sin embargo, la norma presume la inocencia de cualquier persona.
A pesar de que la norma es expresa en relación al tema, el ministro de Justicia señala que debe ser ejercida por los abogados de los imputados; Lima añade que incluso cuando tengan sentencia condenatoria ejecutoriada tiene que existir la firma del Defensor dando su consentimiento para ser presentados públicamente.
A la consulta del periodista, qué pasa si lo hace el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo y el comandante de la Policía, Jhonny Aguilera, Lima respondió: “Hay un tema de responsabilidad compartida. Exhortarles a los medios de comunicación que cumplan la ley, la constancia de los abogados del imputado”.
Insistió que es una “responsabilidad compartida de las autoridades y de los medios de comunicación”, no obstante, el código está directamente dirigido a la Policía.
Han existido casos, en los que después de ser expuestos o expuestas se ha determinado su inocencia o que el presunto autor no estaba comprometido con el hecho delictivo, no obstante, las autoridades no han asumido responsabilidad después de la exposición pública. (ANF)