A decir de los juristas se presentaron todos los documentos exigidos por ley, como un memorial, la exposición de motivos, el texto normativo y las preguntas que deberán ser sometidas a control de constitucionalidad.
PROPUESTA
La propuesta de Ley de reforma Parcial de la Constitución por iniciativa popular prevé un artículo único que a la letra dice: “I.- Reformase parcialmente la Constitución en su Título III, Capítulo Primero, art. 178, art. 179; Capítulo Segundo Sección Primera, art. 181, art. 182, art. 183; Capítulo Tercero, art. 187; Capítulo Cuarto, art. 190, art. 191, art. 192; Capítulo Quinto, art. 193, 194, 195; Capítulo Sexto, art 197, art. 198 y art. 199; con el texto que se detalla. II.- Inclúyase en el Título III, Capítulo Primero, el art. 179 Bis, con el texto que se detalla. III.- Inclúyase al Título III, el Capítulo Séptimo, art. 198 Bis, con el texto que se detalla”.
La propuesta de reforma estructural de la administración de justicia trabajada por el grupo de juristas independientes, tiene tres cimientos fundamentales.
El primer cimiento está referido a lograr independencia, idoneidad e imparcialidad de los jueces supremos del país, cambiando su forma de selección y elección. Se plantea crear la Comisión Nacional de Postulaciones que sea la que convoque postulantes, califique méritos y conforme ternas cerradas que vayan a la Asamblea Legislativa para una designación por 2/3 de votos, pero sometida a referendo popular aprobatorio.
En la propuesta se incorporó al Fiscal General para que su designación pase por la rigurosa calificación de la comisión de postulaciones; y se agregó el establecimiento diferenciado de ternas femeninas y masculinas para garantizar la paridad de género en el Órgano Judicial.
El segundo cimiento, es el de lograr un presupuesto suficiente para garantizar y ampliar un servicio judicial digno, con más jueces y fiscales, mejor pagados y con infraestructura y medios de trabajo que lleguen a todo el territorio nacional.
Se inscribe en la Constitución un 3 % de presupuesto para la administración de justicia, cambiando al mismo tiempo la composición y designación del Consejo de la Magistratura para tener una eficiente administración de los recursos judiciales.
Asimismo, se plantea que el Consejo de la Magistratura asigne anualmente un presupuesto a la justicia indígena originaria.
El tercer cimiento está referido a la revitalización de la justicia indígena originaria y la creación de la justicia de paz, como instrumentos constitucionales de resolución de controversia sin necesidad de jueces, fiscales y abogados.
PREGUNTAS
Los juristas también adjuntan a la propuesta cuatro preguntas que deberán ser sometidas a consulta en un referendo ciudadano que esperan se realice a más tardar durante el primer semestre de 2023.
1.¿Está usted de acuerdo con una reforma parcial de la Constitución Política, para tener magistrados y jueces independientes, donde los postulantes sean seleccionados en base a méritos por una Comisión Nacional de Postulaciones que elaborará ternas para que por 2/3 de votos designe la Asamblea Legislativa y esa designación sea aprobada o negada por voto popular mediante Referendo?
2.¿Está usted de acuerdo con una reforma parcial de la Constitución que cambie la administración de Justicia dándole al Órgano Judicial un presupuesto mínimo del 3 % anual del Presupuesto General del Estado, con un renovado Consejo de la Magistratura que administre eficientemente esos recursos junto a la carrera judicial?
3.¿Está usted de acuerdo con la reforma parcial de la Constitución que permita a los pueblos indígenas originarios campesinos ejercer la Justicia Originaria con sus propias autoridades y normas, para resolver sus conflictos, eliminando el “deslinde jurisdiccional”, y donde el Tribunal Constitucional, con representación indígena, resolverá todos los conflictos de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la Justicia Indígena?
4.¿Está usted de acuerdo con una reforma parcial de la Constitución Política que instituya la justicia y los jueces de paz, en todos los barrios de las ciudades del país, para que resuelvan los conflictos jurídicos menores y restituyan la paz y la armonía social sin necesidad de juicios ni tramites?