“Esta declaración constitucional (049/2023) al haberse configurado en una AUTO PRÓRROGA DE MANDATO se constituye en una forma de asociación (delictiva) entre el solicitante, quien en su condición de presidente del TSJ (Ricardo Torres) y el ejecutante el TCP, da los instrumentos necesarios para otorgarse poderes más allá de la Constitución Política del Estado (CPE), ya que según la norma que rige, su mandato debió ser sustituido por nuevas autoridades electas, por voto ciudadano y no por decisión unilateral que los beneficia a sí mismos en perjuicio de la comunidad”, señala parte de la Querella presentada por Aruquipa.
ANTECEDENTES
El 11 de diciembre el TCP emitió la resolución 049/2023, en respuesta a la consulta constitucional presentada el 20 de septiembre por el presidente del TSJ, Ricardo Torres, sobre las dudas de legalidad que tenían sobre el Proyecto de Ley 144/2022-2023 (Ley transitoria para las elecciones judiciales). Previamente, dicho proyecto fue aprobado por la mayoría en la Cámara de Senadores, luego, el mismo debía pasar a la Cámara de Diputados y luego ser votado en el pleno de la Asamblea Legislativa, pero ese proceso se interrumpió y se mandó el documento para su revisión al TCP.
El Proyecto de Ley 144 para las elecciones judiciales, entre otros puntos, planteaba que todos los magistrados dejen sus cargos el 3 de enero de 2024 y que el personal subalterno del TSJ, TCP, la Magistratura y el Tribunal Constitucional sean los encargados de realizar la “transición”, hasta la posesión de nuevas autoridades electas en las elecciones judiciales, cuya realización es incierta. Asimismo, se propuso suspender los plazos procesales durante ese tiempo.
Ambos puntos de ese proyecto de ley fueron declarados inconstitucionales por el TCP. Si bien Comunidad Ciudadana, Creemos y el ala evista del MAS presentaron otras propuestas, las mismas no fueron debatidas formalmente en la Asamblea Legislativa.
Pese a que la norma constitucional da un plazo de 30 días para que se resuelvan las consultas en el TCP, el magistrado a cargo del fallo, René Espada, emitió la resolución 049/2023 el pasado martes, luego de 51 días y declaró la “autoprórroga” de los 26 magistrados en sus cargos sin una fecha límite. Espada dio lectura del fallo en presencia y con respaldo de todos los magistrados del TCP, horas más tarde, sus colegas del TSJ y el Tribunal Agroambiental también emitieron pronunciamientos declarando su apoyo a dicha resolución.
CUESTIONAMIENTO
Sin embargo, Aruquipa explicó que la resolución 049/2023 emitida por el TCP, instancia presidida por el exfiscal Paul Franco, es completamente ilegal, debido a que falla sobre varios puntos que fue parte de la consulta constitucional hecha por el TSJ. Además, advirtió que se incurrió en un fallo que auto favorece a los propios magistrados, tomando como pretexto la consulta del TSJ, definen ampliar su mandato y de forma indefinida.
“En el petitorio (del TSJ) no consta que se haya solicitado un pronunciamiento respecto a la situación legal de magistrados del Órgano Judicial y mucho menos indeterminar o prolongar sus funciones establecidas en la ley”, señala la querella presentada a Huaytari.
16 DELITOS
Aruquipa detalla en su querella, que identificó como autores materiales del hecho delictivo a los nueve miembros del TCP y, señala como cómplices al resto de los miembros de Órgano Judicial.
“De la misma forma y siendo que la ley juzga ya sea por comisión u omisión, los otros magistrados beneficiados con la Declaración Constitucional Plurinacional Nº 49/2023, al no haberse pronunciado sobre la prórroga, han procedido a adecuar su conducta a los términos de la presente denuncia y de los delitos enunciados, tomando en cuenta que los mismos juraron cumplir y hacer cumplir la CPE, tengo a bien denunciar por cómplices, por omisión, a los siguientes ciudadanos”, menciona el documento presentado por Aruquipa.
A continuación, en el texto se cita los nombres de los otros 15 magistrados del TSJ, la Magistratura y el Tribunal Agroambiental. Más adelante, en el punto ocho del memorial se enumeran los 16 delitos en los que presuntamente incurrieron los magistrados.
HECHOS DELICTIVOS
Resoluciones contrarias a la CPE y las leyes; incumplimiento de deberes; nombramientos ilegales; usurpación de funciones; prevaricato; sociedades o asociaciones ficticias; discriminación; difusión e incitación al racismo; monopolio de trabajo; autoría; asociación delictuosa; uso indebido de influencias; tráfico de influencias; beneficios en razón del cargo; encubrimiento y disposición común.
La querella remitida al presidente de la Cámara de Diputados, además de ofrecer documentos de prueba y solicitar la citación de al menos 20 testigos de cargo, concluye solicitando medidas cautelares y garantías personales para proteger al denunciante, quien además se declara víctima de la resolución 049/2023. (Periodismo sin Photoshop)