El Tribunal Quinto de Sentencia de la ciudad de La Paz, presidido por la jueza Nancy Bustillos Altuzarra, sentenció a tres años de reclusión en el penal de San Pedro a Milán Murguía Uscamayta por el delito de Cohecho Pasivo Propio, sancionado en el Artículo 145 del Código Penal Boliviano.
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