En reunión de Medio Año 2023, la Sociedad Interamericana de la Prensa (SIP), rechazó la presión gubernamental contra medios y periodistas, ejercida a través de agencias tributarias o investigativas oficiales con el fin de frenar el trabajo periodístico independiente.
“La reunión de medio año de la SIP resuelve: ‘Deplorar la utilización de demandas judiciales civiles y criminales como instrumento contra medios y periodistas para amedrentar y desalentar investigaciones periodísticas y generar autocensura”, señala parte del documento difundido por esta instancia.
En ese marco instó a los países con difamación criminal que adhieran a los estándares interamericanos de la declaración de Principios de Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que señala que “sólo deberían existir recursos civiles por difamación”.
Recuerdan que en Bolivia y El Salvador medios y periodistas han sido acosados mediante auditorías de los ministerios de Hacienda.
Asimismo que en Estados Unidos los medios continúan enfrentando una gran cantidad de demandas por difamación.
“Considerando que un reciente informe de la Unesco alerta que las leyes contra la difamación y los Slapp se utilizan en varios países de las Américas para criminalizar la libertad de expresión, entre otros, Cuba, Nicaragua, Panamá, Perú y Venezuela”, señala el documento.
Refieren también que en Cuba se reprime a los periodistas independientes mediante aplicación del Código Penal, de la Ley de Asociaciones, de la Ley 88, de la Constitución y decretos específicos; que, además, están encarcelados el reportero Lázaro Yuri Valle Roca, condenado a cinco años de prisión, y la influencer Sulmira Martínez, acusada por desacato a través de sus redes sociales
En Guatemala la Fiscalía ordenó la investigación de seis periodistas y dos columnistas de el Periódico por supuesta obstrucción a la justicia en el caso del presidente del medio, José Rubén Zamora, encarcelado desde julio de 2022; que los señalados, casi todos en el exterior para evitar ser procesados sin debido proceso, son el expresidente de la SIP, Gonzalo Marroquín, la directora de el Periódico, Julia Corado, el columnista Edgar Gutiérrez y los periodistas Rony Ríos, Alexander Valdez, Cristian Velix, Denis Aguilar y Gerson Ortiz
En Panamá las demandas contra medios y periodistas constituyen la principal amenaza a la libertad de prensa, unido a que la legislación permite que el demandante promueva el congelamiento de activos de los medios o intervenir su administración sin que se haya admitido la querella.
En Paraguay las condenas a la directora y un periodista de ABC Color por supuesta difamación, así como los demás juicios en curso, fueron entablados con la intención de amedrentar y atentar contra la libertad de prensa y de expresión como un mecanismo de censura
En Perú una orden judicial del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó al medio digital El Foco el retiro de contenidos relacionados al presunto maltrato y acoso de cuatro extrabajadoras por parte del procurador del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el gobernador de Áncash ordenó a la Dirección de Transportes y Comunicaciones evaluar las licencias de radios y televisoras utilizados para “fastidiar, para incomodar, para chantajear”, y la Fiscalía inició una investigación contra la periodista Paola Ugaz por presunto enriquecimiento ilícito, la tercera querella presentada contra Ugaz por el director del portal La Abeja, Luciano Revoredo
En Venezuela las autoridades investigan a periodistas que reportan sobre asuntos relacionados al gobierno y su gestión, entre otros, como el caso de José Gregorio Meza, de El Nacional, a quien el Ministerio Público y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas instaron a declarar sobre trabajos periodísticos
NORMAS
El Principio 10 de la Declaración de Chapultepec establece que “ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público”.
La Declaración de Salta establece en su artículo 3: “Los gobiernos no deben inhibir con regulaciones las expresiones de interés público en el espacio digital, tampoco imponer sanciones agravadas por el hecho que sean manifestadas en dicho espacio. Asimismo, los gobiernos no deben penalizar la crítica, la información o la protesta en contra de los funcionarios públicos sobre asuntos de interés público o contra personas que voluntariamente se exponen al escrutinio de la sociedad. En caso de reclamos de carácter civil debe probarse que se actuó con real malicia”.