“Esta Sala Constitucional esperaba tener entre sus manos el acta que se habría realizado en ocasión de la elaboración del acuerdo de Sala Plana 12/2021, ¿para qué?, para conocer por qué el TSJ considera que X ciudadano, de X distrito judicial, teniendo la mayor nota no va a ser designado, por un principio de idoneidad, en criterio del TSJ, por pertinencia (…) el debate que se ha generado para que ciudadanos que obteniendo las primeras notas no sean designados como vocales, como debería ser todo proceso de evaluación, concurso de méritos, examen de competencia, debería estar trasuntado en algún tipo de medio que nos haga entender que la decisión del TSJ no solo no es discrecional sin o no es arbitraria”, fundamentó la decisión el vocal Israel Campero.
La demanda fue presentada por los diputados del Movimiento al Socialismo (MAS) Froilán Mamani (titular) y Leticia Nesta (suplente) contra los miembros del TSJ y la Magistratura.
El presidente del Consejo de la Magistratura, Omar Michel, en Sucre, manifestó ayer que el fallo emitido por Campero no afecta el proceso de selección que realizó esa instancia y señaló a los miembros del TSJ para que resuelvan lo ordenado en la audiencia.
Por su lado, el Ministerio de Justicia emitió un comunicado en el que señala que la sentencia constitucional es vinculante y obligatoria y “permitirá que los vocales de los nueve departamentos de Bolivia sean designados bajo criterios de meritocracia y equidad de género. Los departamentos que hayan cumplido con esos requisitos, ratificarán la designación de los vocales de tribunales departamentales”, señala el pronunciamiento.