“Su abogado ha presentado una suspensión mediante plataforma, señalando que tenía otra declaración informativa en la ciudad de Santa Cruz”, dijo.
La fiscal aclaró que el abogado que patrocina al líder cívico presentó una excepción de incompetencia ante el Juzgado, la misma que será resuelta en las próximas horas.
“No se tiene ningún día de fecha y hora de declaración informativa hasta que la autoridad jurisdiccional determine la excepción de incompetencia que fue presentado el día de hoy (ayer)”, dijo.
La representante de la Fiscalía aclaró que la denuncia contra Calvo fue presentada por Aldo Michel, por sucesos acaecidos a partir del 8 de noviembre en la ciudad de Santa Cruz, donde se convocó a marchas y presuntamente se deterioró la economía nacional y se vulneraron derechos constitucionales. Calle aclaró que se admitió la denuncia en La Paz, de un hecho ocurrido en Santa Cruz, en cumplimiento del Decreto Supremo 138 del 20 de mayo de 2009.
NORMA
El artículo 2 (Jurisdicción) del DS 138 señala: “Queda consolidada la ciudad de La Paz, como ámbito de jurisdicción procesal para el juzgamiento de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado, siendo esta ciudad la Sede de Gobierno legalmente constituida donde se encuentran las principales instituciones del Estado Plurinacional de Bolivia”.