En la parte resolutiva de la Resolución Administrativa del tribunal policial paceño se establece: “dictar resolución sancionatoria de retiro o baja definitiva de la institución policial sin derechos de incorporación contra el general Vladimir Yuri Calderón Mariscal por la traslación al artículo 14 numeral 10 y artículo 12, numeral 3 de la Ley 101 de Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana en observancia al artículo 93 de la citada norma las partes quedarán notificadas con la presente resolución administrativa”.
El numeral 10 del artículo 14 de la Ley 101 señala como falta grave con retiro o baja de manera definitiva a “instigar o liderar motines, huelgas, suspensión o interrupción del servicio, como actos de protestas o medidas de presión”.
El numeral 3 del artículo 12 de la misma norma también reconoce como falta grave a “formular peticiones colectivas verbales o escritas, que estén al margen de la ley y que sean contrarias al régimen interno, que alteren la disciplina establecida por normas reglamentarias o que omitan el conducto regular”.
“Comunico al pueblo boliviano de la baja definitiva del ex general de la #PolicíaBoliviana, Yuri Calderón, por transgresiones a la Ley 101 del Régimen Disciplinario de la Policía”, escribió el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, al dar a conocer la resolución policial.
Desde fines de 2020 se desconoce el paradero de Calderón, quien es procesado en rebeldía dentro del caso “golpe de Estado”. El martes fue notificado por edicto y, una vez establecido el plazo, la Fiscalía le imputará en esta causa.