La posesión del coronel Juan José Zúñiga como Jefe de Estado Mayor del Ejército y el coronel Alex Baldivieso como Inspector General del Ejército, el pasado 9 de agosto, causaron malestar en la entidad castrense porque ninguno cumple con los requisitos exigidos por normas militares, manifestó a EL DIARIO el coronel en servicio pasivo del Ejército Jorge Santistevan. Este medio buscó una versión oficial pero no obtuvo respuesta.
Santistevan precisó que Zúñiga es de la promoción de 1990 y ni siquiera postuló al ascenso de grado a general.
“No tiene los méritos profesionales para ocupar el cargo”, dijo.
Acotó que el Inspector General del Ejército también es de la promoción 1990 y antes ocupaba el cargo de Jefe del Departamento III de Operaciones.
“Baldivieso es el séptimo de curso en el grado de coronel y onceavo en la lista para ascenso al grado de general, resultante del proceso de ascensos llevado a cabo en la gestión 2020”, acotó.
Santistevan manifestó que la designación de las nuevas autoridades demuestra un “verdadero desprecio por la institución castrense” y sus normas por parte del poder político porque atenta contra los principios fundamentales de la institución, la disciplina, la antigüedad y la jerarquía militar.
“El coronel Baldivieso y otros de la promoción 1990 se están subalternizando ante el coronel Zúñiga, un oficial que nunca fue más antiguo que el resto”, lamentó.
ASCENSOS
El militar agregó que el proceso de evaluación y calificación de los ascensos al grado de General de Brigada de la promoción 1990 es un trámite que concluyó en la gestión 2020.
“Como resultado existen resoluciones y actas de reuniones del Tribunal Superior de personal de las Fuerzas Armadas, resta que se cumpla con el procedimiento de ratificación”, precisó.
Santistevan lamentó que a la fecha autoridades políticas y militares, que tienen responsabilidades en los ascensos del personal militar establecidos en la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA), además de reglamentos de la Cámara de Senadores, no hayan dado cumplimiento a la Sentencia Constitucional 0026/2021 de fecha 19 de abril de 2021.
El punto 4 de la Sentencia Constitucional 0026/2021 señala: “Determinar que los preceptos normativos cuya inconstitucional es declarada en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, de manera excepcional y temporal sufrirán plenos efectos jurídicos, únicamente respecto de los trámites de ascensos que se encuentren pendientes y de aquellos que fueron iniciados hasta la publicación de la ley respectiva”.
En ese marco, Santistevan aclaró que el proceso de evaluación y calificación de los ascensos al grado de general de brigada es un trámite que concluyó la gestión 2020.
“Parece que en el Ministerio de Defensa y en la Asamblea Legislativa han estado tratando de hacer una interpretación forzada de la Sentencia Constitucional de manera de cambiar la lista de antigüedades para favorecer a oficiales que no postularon o que no se encuentran entre los 12 con mayor nota”, apuntó.
COMANDANTE DEL EJÉRCITO
El pasado 4 de agosto, el presidente Luis Arce posesionó a Hugo Arandia como nuevo Comandante General Accidental del Ejército, en la oportunidad, Santistevan saludó la decisión y aseguró que era acorde a los reglamentos y a este caso particular.
“La designación es atinada, el general Arandia es de la promoción 1989 y por lo tanto forma parte de la misma promoción del que fue destituido (Miguel Ángel del Castillo), por razones estrictamente internas y reglamentarias”, aclaró en la oportunidad.
Asimismo, dijo que Arandia tiene méritos y buena trayectoria. “Esperamos que conduzca al Ejército y vaya por la senda del respeto a las leyes, los reglamentos militares, la CPE y vele por todos sus subalternos, que estamos seguros que lo hará por su trayectoria,”, apuntó.
El militar en servicio pasivo acotó que con el nombramiento de Arandia no hay estancamiento en los ascensos porque el presente relevo se trata de una sola persona por asuntos estrictamente internos y que no afecta el orden correspondiente de promociones.
“Está a prueba su capacidad y honestidad, caso contrario la sociedad militar lo juzgará y será identificado como una de las personas no gratas en la familia militar y la sociedad boliviana”, dijo el día de la posesión.
LOFA
Artículo 71.- Para ejercer el cargo de Jefe de Estado Mayor General de Fuerza se requiere:
a. Ser boliviano de origen.
b. Tener el grado de General de División o Brigada en el Ejército o sus equivalentes en la Fuerza Aérea y en la Fuerza Naval.
c. En la Fuerza Aérea: Ser aviador militar en la categoría de Comandante.
d. Preferentemente, haber desempeñado el cargo de:
21. Jefe de Departamento del Comando en Jefe o de Fuerza.
22. Comandante de Gran Unidad o sus equivalentes.
e. Tener un legajo personal de servicios que constituyan ejemplo de capacidad, honestidad, virtudes militares y morales.
Artículo 76.- Para ser Inspector General de Fuerza se requiere:
a. Ser boliviano de origen.
b. Tener grado de General de División o Brigada en el Ejército o sus equivalentes en la Fuerza Aérea y la Fuerza Naval.
c. Preferentemente haber desempeñado el cargo de:
1. Jefe del Departamento del Estado Mayor General de su Fuerza.
2. Comandante de Gran Unidad o sus equivalentes.
d. Tener un legajo personal de servicio que constituya ejemplo de capacidad, honestidad, virtudes militares y morales.