De acuerdo a la fundamentación de aprehensión, a la que EL DIARIO tuvo acceso, Amaru concedió tutela en una audiencia de Acción de Libertad a Eliot M. G., sin convocar a los demás interesados, pese a que se trata de un delito de feminicidio.
“A la fecha la Acción de Libertad no se encuentra debidamente registrada en el sistema y se tiene que la misma no ha sido remitida ante el Tribunal Constitucional en el plazo de 24 horas, conforme lo establece el artículo 38 del Código Procesal Constitucional (CPC)”, se lee en el documento.
“La resolución y antecedentes de la Acción de Defensa se elevará de oficio, en revisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional en el plazo de veinticuatro horas siguientes a la emisión de la resolución. El Auto de aclaración, enmienda o complementación, si lo hubiere, será elevado al Tribunal Constitucional Plurinacional inmediatamente después de la notificación a las partes”, señala el artículo 38 del CPC. Según la fundamentación este extremo fue incumplido por Amaru.
El fiscal anticorrupción de la ciudad de El Alto, Wilson Medrano, informó que el 26 de diciembre de 2021, Amaru pretendió revocar la negativa a la cesación de la detención preventiva en el penal de San Pedro del imputado por feminicidio que determinó el juzgado de origen.
Posteriormente, ante la tutela otorgada, la autoridad judicial del Juzgado Tercero Anticorrupción, de origen, resuelve no otorgar la detención domiciliaria al presunto feminicida, porque los certificados médicos presentados no eran suficientes para acreditar una enfermedad terminal y un peligro de vida, ya que los mismos no fueron valorados de forma objetiva por la autoridad de justicia que concedió la tutela.
“De los hechos investigativos en la etapa preliminar se presume que los certificados médicos serían falsos, ya que indican un cáncer de colon terminal del presunto feminicida para salir con detención domiciliaria. Según las respuestas a requerimientos, los médicos que firman no habrían trabajado en el nosocomio donde supuestamente le valoraron al imputado, ni tampoco hay registros de la valoración médica. También existe un certificado médico forense que establece la misma enfermedad de un médico forense que no ejercía funciones en la fecha, mes y año consignados en el certificado”, sostuvo Medrano.
PATROCINADOR
Por otro lado, la fundamentación de la aprehensión refiere que Amaru patrocinó a Eliot M. G., en un caso signado con el Ianus Nº 201417415 por el delito de transporte de sustancias controladas radicado en el Juzgado de Sentencia Tercero de la ciudad de La Paz, por lo que se establece que “existes un grado de amistad” entre ambos.
Alave apuntó que en audiencia de medidas cautelares que se realizará en las próximas horas, donde una autoridad jurisdiccional definirá la situación jurídica de colega, la Fiscalía pedirá la detención preventiva de Amaru por existir riesgos procesales.