“La declaración de los testigos va a ser de manera presencial. Si bien estamos aplicando la modalidad de semipresencialidad, los abogados que gusten estar conectados de manera virtual lo pueden hacer, pero los testigos tienen que estar delante del tribunal”, indicó en audiencia el presidente de la sala, Germán Ramos.
El abogado Javier Peñaloza, que patrocina al excomandante del Ejército, Pastor Mendieta, manifestó que de acuerdo con el procedimiento, primero declararán los testigos del Ministerio Público, luego las partes acusadoras, en este caso el Ministerio de Gobierno, la Procuraduría y el presidente del Senado, Andrónico Rodríguez. Finalmente, comparecerán los solicitados por la parte acusada.
La expresidenta, los exjefes militares y policiales son acusados por la comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a las leyes y Constitución.
DECLARACIONES
El fiscal Omar Mejillones señaló que, de parte del Ministerio Público, la lista de testigos es de 17 a 18 personas. Explicó, sin embargo, que si un testigo no se presenta, no se tomará su declaración y se considerará precluida esa etapa.
De parte de la defensa de Añez, el abogado Luis Guillén, recordó que entre los testigos ofrecidos están personas como Adriana Salvatierra y Eva Copa, quienes fueron presidentas del Senado en la crisis de 2019.
El abogado que patrocina a Mendieta solicitó la declaración de Evo Morales y Álvaro García, entre otros militares de servicio activo, pasivo y detenidos preventivamente.
DATOS
En entrevista anterior con EL DIARIO, el coronel en servicio pasivo del Ejército y abogado, Jorge Santistevan aclaró que la acusación contra los exjefes militares devela el desconocimiento de la comisión de fiscales a normas y procedimientos militares vigentes en las Fuerzas Armadas (FFAA).
Santistevan aclaró que los Comandantes de Fuerza solamente están para apoyar la toma de decisiones del Estado Mayor junto al Comandante en Jefe.
“Los Comandantes de Fuerza cumplieron una orden del Comandante en Jefe de las FFAA para acompañarlo a la lectura de un comunicado, el cual se desconocía su contenido porque no hubo reunión de Estado Mayor ni de Tribunal Superior de Personal para tratar ese tema. Los comandantes de fuerza no deliberan una orden militar porque según el artículo 13 numeral III del Código Penal: La obediencia jerárquica consiste en acatar la orden superior en actos del servicio, bajo la responsabilidad de quien da la orden, en este caso William Kaliman”, dijo el jurista.
Asimismo, apuntó que los fiscales sostienen de “manera errónea” que miembros de las Fuerzas Armadas procedieron al retiro de la medalla presidencial del Banco Central de Bolivia y que, con ello, presuntamente incumplieron sus funciones y atribuciones de defender y conservar la independencia, seguridad y estabilidad del Estado a través del resguardo del Gobierno legalmente electo.