El abogado Ramiro Carrillo, que patrocina a la madre y hermana de Choque, manifestó que Guardia fundamentó su solicitud en que el caso pasó en la ciudad de El Alto, por lo tanto un juez de esa ciudad debería llevar el proceso.
El jurista aclaró que el artículo 46 del Código de Procedimiento Penal (CPP) refiere que “la incompetencia por razón de materia será declarada, aún de oficio, en cualquier estado del proceso. Cuando se la declare, se remitirán las actuaciones al juez o al tribunal competente y, cuando corresponda, se pondrán los detenidos a su disposición. La inobservancia de las reglas de la competencia por razón de materia producirá la nulidad de los actos”.
“La solicitud de la fiscal no estuvo bien planteada, solo debió pedir el cumplimiento del CPP, no fundamentó muy bien y por ello su solicitud fue rechazada por el juez”, dijo.
En febrero pasado, un juez ordenó la detención preventiva para la madre y hermana del feminicida y violador serial, Richard Choque, imputadas por el delito de trata y tráfico de personas, en grado de complicidad.
Ambas mujeres están recluidas en los penales de Miraflores y Obrajes, ambas fueron aprehendidas en su domicilio de la zona Ballivián de la ciudad de El Alto, donde se enterró a dos de las víctimas del feminicida.