La Justicia emitió el auto de apertura de juicio oral en contra de la expresidenta Jeanine Añez, por el caso “golpe de Estado II”, para el jueves 10 de febrero. Sin embargo, la defensa jurídica de la exmandataria halló tres irregularidades en el documento, mientras espera que este lunes se considere un amparo constitucional para solicitar que este proceso no se desprenda del caso “golpe de Estado I”.
El abogado Luis Guillén, uno de los defensores de la expresidenta, informó a Brújula Digital que fueron notificados con el auto de apertura del juicio oral, el mismo que fija para el 10 de febrero, a las 09.00, una audiencia virtual.
El juicio “golpe de Estado II” fue abierto por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y leyes en contra de Añez, por haber asumido la Presidencia del Estado en 2019, presuntamente de manera irregular. También están acusados ex jefes militares. Este proceso se “desdobló” del caso “golpe de Estado I”, abierto contra la expresidenta por los delitos de terrorismo, sedición y conspiración, figuras delictivas que fueron observadas incluso por órganos internacionales.
Al respecto, Guillén anunció que este lunes se debe considerar un amparo constitucional para que el caso “golpe de Estado II” no se desdoble del caso “golpe de Estado I”.
Asimismo, el jurista cuestionó el auto de apertura de juicio oral porque este documento fue suscrito por un “juez en suplencia” y no por el que deberá llevar el proceso desde el inicio hasta el final.
Otra observación que tiene la defensa de Añez es que junto con este documento se les notificó un auto sobre los incidentes interpuestos por ex jefes militares Gonzalo Jarjuri y Gonzalo Terceros, los mismos que no habrían sido tratados. Además, acotó, estos documentos llevan la firma de otro juez, lo que también es otra irregularidad.
El tercer cuestionamiento que tienen es que este juicio fue convocado para una audiencia virtual, modalidad que fue aceptada para la etapa de instrucción. “La defensa cree que un juicio oral, público y contradictorio tiene que ser de forma presencial, a efectos de asegurar que el tribunal tenga un verdadero contacto y cumpla con el principio de inmediación porque los jueces tienen que estar en contacto con las partes, lo que no se da en audiencia virtual”, declaró Guillén.
El fiscal departamental, William Alave, precisó que las investigaciones del caso golpe II están orientadas a los hechos sucedidos antes de la posesión de Añez. En este caso, es acusada por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes.
La autoridad aseveró que la comisión de fiscales está priorizando golpe II y, por ello, la investigación en el caso golpe I está dilatado.
El Ministerio Público presentó la acusación formal contra Añez, ex jefes militares y ex jefes policiales, sin embargo, los abogados que patrocinan a la exmandataria afirmaron que no había sido notificada con la acusación.
Ex jefes militares
Por otro lado, el abogado Eusebio Vera que patrocina a los ex jefes militares, Gonzalo Jarjury y Jorge Terceros, manifestó que en el caso golpe II no se cumplieron los plazos de la etapa preparatoria, extremo que viola derechos y garantías constitucionales de sus patrocinados.
Vera aclaró que presentaron una actividad procesal defectuosa en relación al plazo de la emisión de la Resolución de Acusación Formal N° 110/2021 de fecha 29 de noviembre de 2021, por existir inobservancias, no susceptibles de convalidación en relación al incumplimiento del plazo de la etapa preparatoria.
PLAZOS
El jurista explicó que el 15 de octubre y 18 de octubre de 2021, sus patrocinados fueron notificados con Resolución de Imputación Formal Nº 77/2021 de fecha 9 de septiembre de 2021, llevándose audiencia de aplicación de medidas cautelares en fecha 28 de octubre de 2021, en la que se ordenó su detención preventiva.
El 29 de noviembre de 2021, los fiscales Omar Mejillones y Lupe Zabala presentaron la acusación formal, concluyendo las investigaciones como establece el artículo 323 del Código de Procedimiento Penal.
“Computando plazos y términos, desde la última notificación con la resolución de imputación (18/10/2021), hasta la presentación de la resolución de acusación formal, transcurrieron exactamente 41 días de manera corrida y 29 días sin contar sábados, domingos y el feriado nacional del 2 de noviembre”, explicó el jurista.
En ese marco, Vera manifestó que con ese extremo se evidencia que no se dio cumplimiento al artículo 134 del Código de Procedimiento Penal, que establece que: “La etapa preparatoria deberá finalizar en el plazo máximo de seis meses de iniciado el proceso”.