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El abogado Roberto Durán estuvo encarcelado 38 meses sin pruebas

El Diario
Publicado , 28 de Febrero de 2021.
El abogado Roberto Durán estuvo  encarcelado 38 meses sin pruebas
La historia del encarcelamiento del abogado penalista Roberto Carlo Durán Lara, por tres años y dos meses en el penal de máxima seguridad de Chonchocoro, comenzó cerca del mediodía del jueves 25 de agosto de 2016, cuando recibió una llamada de un asesor de la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin).

Sus servicios como abogado de ejercicio libre eran requeridos por la organización que agrupa a mineros cooperativistas que, en ese momento, eran afines al partido del presidente Evo Morales, pero que se hallaban enfrentados en un conflicto alrededor de la Ley de Cooperativas. El gobierno, apoyado por la Central Obrera Boliviana (COB), respaldaba la sindicalización de los trabajadores cooperativistas, pero Fencomin la rechazaba.

La discrepancia derivó en un bloqueo cooperativista de la carretera Oruro - La Paz, la detención de 10 manifestantes el jueves 11 de agosto y el fallecimiento del viceministro de gobierno, Rodolfo Illanes, el jueves 25 de agosto.

Según documentos del proceso y grabaciones de video de las audiencias, obtenidas por EL DIARIO, se concluye que Durán no estuvo presente en la zona del conflicto y cumplió el pedido de Fencomin, para la defensa de los detenidos. El afectado se abstuvo de ofrecer una versión para esta nota periodística.

Durán es un abogado del foro orureño especializado en delitos penales y como tal realizó, anteriormente, la defensa de personas involucradas con el robo de minerales. Las actividades del profesional nunca estuvieron vinculadas a una asesoría legal a la organización de los cooperativistas y solo atendía casos de acuerdo al requerimiento de los interesados.

Su llegada a La Paz se registró el día lunes 15 de agosto de 2016, para formar parte de la defensa de los mineros aprehendidos durante los bloqueos en la localidad de Mantecani, el jueves 11 de agosto, y quienes fueron enviados con detención preventiva al penal de San Pedro el sábado 13 de agosto.

El agitado jueves 25 de agosto, y tras la alerta de una segunda detención de otros 10 mineros, se apersonó a la Fiscalía de la ciudad de El Alto, pero evidenció que no existían nuevas detenciones y retornó a La Paz.

Según el testimonio que consta en el expediente, a las 17 horas de ese jueves 25, recibió una llamada telefónica de un desconocido que dijo estar vigilando frente a su vivienda en la ciudad de Oruro, y el abogado interpretó como una conminatoria a entregarse. La voz anónima advertía que detendrían a su esposa.

Tras explicar que por motivos profesionales se encontraba en La Paz, colgó y se presentó en la Fiscalía de La Paz, donde un fiscal afirmó que no había ningún caso en su contra.

Extrañado por la respuesta del fiscal de turno, llamó al número telefónico desde el cual le hicieron advertencias y la voz anónima le pidió que espere, en el lugar.

VARIOS CARGOS

Después de más de media hora, una oficial de policía apareció en escena con una orden de aprehensión en su contra y una resolución de imputación fundamentada por los delitos de asesinato, robo agravado, organización criminal, porte y portación de armas y atentado contra la seguridad del Estado, todos ellos en grado de complicidad.

La fundamentación refería que el abogado Durán estaba en la localidad de Panduro, organizando a los mineros y hablando de tácticas militares, por lo que sería el autor intelectual de la muerte del viceministro Rodolfo Illanes. El jurista no comprendía lo que estaba ocurriendo.

Al atardecer del jueves 25 de agosto, un informe radial confirmó que el viceministro de seguridad interna, Rodolfo Illanes, había fallecido. Horas antes, los medios de información anunciaron el secuestro de la autoridad que había acudido esa jornada a la zona de conflicto, en busca de diálogo.

La Fiscalía acusó formalmente a 14 mineros por el hecho, tres de ellos fueron declarados prófugos de la justicia, el abogado Roberto Durán fue implicado en el caso.

La distancia entre la ciudad de La Paz, donde estaba Durán y la zona de conflicto, es de 164,4 kilómetros y para cubrir esa distancia se requiere un viaje aproximado de dos horas.

El sábado 27 de agosto, cerca de las 21 horas, se instaló la audiencia de medidas cautelares en contra de Durán, con la presencia de diez fiscales, cuatro abogados del Ministerio de Gobierno, juristas del Comando Departamental de la Policía de La Paz y el Comando General y representantes legales la familia del viceministro Illanes.

La Fiscalía aseguró que Durán coordinó la liberación “irregular” de los diez mineros detenidos preventivamente, a cambio de la vida de Illanes, y al no concretar el objetivo ordenó que los mineros actúen de acuerdo a lo que vean conveniente. Todos esos extremos no fueron probados hasta hoy.

El extracto de llamadas que emitió la telefónica Entel, en julio de 2017, demostró que Durán no tuvo contacto alguno con ningún dirigente. El informe coincide con el que emitió el Instituto de Investigaciones Técnico Científicas de la Universidad Policial (Iitcup), que realizó pericias a los aparatos telefónicos de los mineros.

En la audiencia cautelar que se prolongó hasta las cinco de la madrugada del domingo 28 de agosto, la autoridad jurisdiccional envió al abogado Durán con detención preventiva al penal de máxima seguridad de Chonchocoro, distante a unos 20 kilómetros de La Paz, sin una prueba en su contra.

“CACERÍA DE BRUJAS”

Tras la muerte del viceministro Illanes se inició una investigación que -según algunos involucrados en el caso - no fue otra cosa que una “cacería de brujas”, dejando de lado el objetivo principal de saber qué pasó exactamente el jueves 25 de agosto de 2016 en Panduro, y por qué se registraron los enfrentamientos.

Varios acusados que fueron obligados a aceptar un proceso abreviado declararon a los medios de información, durante el proceso, que los fiscales se limitaron a presentar ante la sociedad a “los supuestos culpables” de la muerte de Illanes, sin tomar en cuenta elementos básicos para que se presuma la participación de una persona dentro de una investigación, como el caso de Durán, ya que no existe el mínimo indicio de autoría o participación en la muerte de Illanes.

En su defensa, Durán describió que el proceso de detención de los 10 cooperativistas, el 11 de agosto de 2016, encerraba contradicciones. Una de ellas señala que se detuvo a los manifestantes a las 16.00 horas, pero se asegura que habrían sido protagonistas de una emboscada a los policías antimotines a las 17.30.

ACUSACIÓN 22 MESES

DESPUÉS

El Ministerio Público por una conminatoria del juez Héctor Quilla presentó una acusación formal contra Durán y otras personas, después de más de 22 meses de etapa preparatoria, pese a que la norma prevé seis meses, y sin aclarar las circunstancias extrañas en las que se registraron las muertes de cooperativistas mineros y del viceministro Illanes.

En esta etapa se presentaron tres querellas y dos denuncias. Solo en una de ella aparece el nombre de Durán como posible autor en la comisión de los hechos denunciados.

De las tres querellas existentes en el proceso no fue notificado con ninguna conforme lo estipula el artículo 291 del Código de Procedimiento Penal, pese a que el juez cautelar notificó a la comisión de fiscales a efecto de que le informen de estos actuados del fiscal Erlan Almanza (hoy desvinculado del Ministerio Público por denuncias de corrupción y extorsión). En su descargo, la Fiscalía afirmó que el acusado tenía la responsabilidad de exigir la notificación.

En varias oportunidades, Durán denunció que la Resolución Nº 469/2016 fue adulterada y por tanto falsificada en su transcripción por la secretaria del Juzgado de Instrucción Séptimo en lo Penal Cautelar de la ciudad de El Alto y convalidada por la juez.

De acuerdo a fojas 744 y 745 del cuaderno de investigaciones, la juez del Juzgado de Instrucción Séptimo en lo Penal Cautelar de El Alto, Ana Dorado, se refiere a Durán como asesor jurídico de los mineros, quien habría querido transar la libertad de los mineros detenidos preventivamente y quien se encontraba en contacto permanente con ellos, por lo que sería cómplice del delito de asesinato, versiones que fueron desmentidas por el extracto de llamadas y las certificaciones de Fencomin en las que indican que jamás fue su asesor.

RETIRO DE

ACUSACIÓN

En enero de 2020, los acusadores particulares (Comando Departamental de la Policía de La Paz, Comando General de la Policía, Ministerio de Gobierno y familia del exviceministro Rodolfo Illanes) retiraron la acusación en contra de Durán, debido a que en el proceso la Fiscalía no halló evidencia de su participación en el secuestro y muerte de Illanes.

“Tenemos a bien solicitar a su autoridad disponga el retiro de la acusación particular, del presente proceso en favor de Roberto Carlo Durán (…) quien fue acusado por el Ministerio Público por los delitos de asesinato en grado de complicidad y organización criminal”, refiere el memorial de retiro de acusación que fue remitido al Tribunal Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto, por la abogada que patrocina a la familia del exviceministro Rodolfo Illanes, Jalith Mariño.

INOCENTE

Al mediodía de fecha 31 de octubre de 2020, en audiencia virtual de juicio oral, el Tribunal Tercero de Sentencia de la ciudad de El Alto dio lectura a la Sentencia 213/2020 en la que se declaró a Durán absuelto de los delitos.

“(…) dicta sentencia absolutoria a favor de Roberto Carlo Durán Lara (…) queda absuelto de los delitos de asesinato en grado de complicidad y organización criminal (…), al no haberse acreditado la participación del acusado. Se dispone el levantamiento de todas las medidas sustitutivas que venía cumpliendo el acusado, con daños a repararse en ejecución de sentencia por parte del Estado (…) se dispone también se oficie a la Policía Boliviana a efectos de que se borre los antecedentes del mismo en los registros que se encuentren establecidos (…)”, se escuchó en la parte final de la audiencia.

El 5 de enero de 2021, el Ministerio Público presentó una apelación restringida a la sentencia 213/2020, la que en fecha 23 de febrero fue respondida por Durán con un pedido de improcedencia.



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