La madre de la niña de 11 años que fue víctima de violación y quedó embarazada denunció que desde que se conoció la decisión de continuar con el embarazo, su familia recibió amenazas de la Fiscalía para realizar el aborto, por lo que solicitó medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El abogado que patrocina a la familia de la menor, Néstor Higa, recordó que el bien mayor es precautelar la vida de ambos y por ello el Estado y sus instituciones no tienen facultad para interrumpir un embarazo avanzado como este que ya pasó las 23 semanas.
El drama de la niña, que lleva un embarazo de seis meses, provocó debate en la sociedad boliviana sobre las opciones del aborto o las acciones para precautelar la vida tanto de la madre como del bebé. Al haber pasado ese tiempo, una “interrupción” no procede y se debe hablar de parto inmaduro, explica el abogado Franz Barrios.
En ese marco, Higa manifestó que los argumentos de la Defensoría del Pueblo, que pretende obligar al aborto de la niña, apuntan a presionar a la familia para ir contra su propia voluntad.
El jurista explicó que la “interrupción del embarazo” en los casos señalados por el Código Penal, como es la figura de violación, se aplica hasta las 12 semanas y no llegando a las 24, como es el caso de la niña de Yapacaní.
El artículo 266 del Código Penal refiere: “(…) El aborto deberá ser practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer y autorización judicial en su caso”.
La mamá de la menor embarazada aclaró que en ningún momento estuvieron de acuerdo con “interrumpir” el embarazo, más aún luego de las revisiones y explicaciones médicas recibidas.
Desde el momento que acudieron al centro de salud en Yapacaní, tanto la niña de 11 años que se encuentra embarazada, como su madre, decidieron que el bebé que ya cumple seis meses de gestación nazca vivo.
“Desde que me explicaron en el hospital de Yapacaní que había un riesgo en ambos casos, tanto como en el aborto, como de continuar con el embarazo, nosotros decidimos que continué con el embarazo”, declaró la madre en entrevista con Unitel.
“Ella quiere que ese bebé nazca vivo, pero así como dicen los analistas psicológicos, ella dice que no quiere criarlo”, agregó y dijo que en su momento se verá si el nuevo ser es criado por su familia o puesto en adopción.
En tanto, las amenazas de procesos continúan desde la Defensoría del Pueblo que ingresó una querella contra el Arzobispado de Santa Cruz, la maternidad Percy Boland y la Defensoría de Yapacaní por haber permitido que el embarazo siga su curso.
El fiscal general, Juan Lanchipa, anunció que la denuncia presentada por la Defensoría, por los delitos de incumplimiento de deberes, desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad y trata de personas con fines de guarda y adopción, fue admitida por el Ministerio Público y al haberse dirigido contra autor o autores, se encuentra en etapa de investigación para la individualización de los mismos, al efecto se librarán los requerimientos y órdenes que correspondan.
CIDH
Por las amenazas y los anuncios de autoridades, la madre de la niña solicitó medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
“Solicito con urgencia a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que se ordene al Estado Boliviano, como medida cautelar, el asegurar que se ponga fin a los intentos de la Defensoría del Pueblo, y cualquier otro organismos público y privado, de subvertir la opinión y decisión de no concretar el aborto y la muerte del niño que lleva dentro”, cita la nota difundida en agencias de prensa.
El documento también cita los artículos 5,7, 12 y 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece riesgo a la vida y aluden la libertad de conciencia y pensamiento, ante la presión que pretende ejercer la Defensoría, sin tener representación legal ni convencional sobre la menor o su familia. A partir del sexto mes de embarazo se ingresa a la etapa de parto inmaduro y ya no procede el aborto
AGRESIONES
La menor de edad sufrió constantes agresiones sexuales de parte del padre de su padrastro en la localidad de Yapacaní, del departamento de Santa Cruz. Producto de una violación, la niña quedó embarazada y ocultó el hecho por temores propios de la edad, hasta que tuvo que ser trasladada a un centro médico donde se confirmó que llevaba varias semanas en etapa gestante.
La Iglesia católica, mediante el Arzobispado de Santa Cruz, intercedió con la madre de la niña para que el embarazo prosiga, bajo el compromiso de atender tanto a la futura madre como al bebé, desde el proceso de gestación hasta el parto y las atenciones posteriores como brindar un albergue al niño.
La familia había decidido proceder al aborto que bajo la legislación boliviana y su Código Penal no sanciona esta acción cuando se interviene en casos de “violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto”.
Sin embargo, luego de hablar con los delegados católicos, la madre de la niña optó por continuar el embarazo en el Hospital Materno Percy Boland de la capital cruceña.
Los movimientos abortistas y feministas comenzaron a salir en protestas y llenar las redes sociales de activismo y violencia contra los “curas”, así como usar el hashtag “NiñasNoMadres”, sin tomar en cuenta el tiempo de gestación en curso.
La Defensoría del Pueblo calificó las acciones del Arzobispado y la clínica del Seguro Universitario como “actos delictivos” y se amparó en la figura de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), para “reencaminar” el proceso de aborto de la niña “sin viciar el consentimiento de la menor ni por parte de sus familiares ni de cualquier instancia, grupo o sector religioso”.
El ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, también se refirió al caso mediante Twitter: “Esto es un acto flagrante de violación a los derechos de esta niña, desde ningún punto de vista, obligar a dar a luz a una niña puede ser algo correcto”.
SENTENCIA CONSTITUCIONAL
La defensora interina Nadia Cruz se refirió a la Sentencia Constitucional 206/2014, que elimina las barreras para aplicar la figura de “aborto impune” descritas en el artículo 266 del Código Penal.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional Plurinacional dejó un exhorto para que sea la Asamblea Legislativa la instancia que desarrolle normas y políticas para garantizar los derechos sexuales y reproductivos, situación que no fue cumplida hasta la fecha; por tanto, deja sin respaldo a la referida sentencia.
Otras normas nacionales e internacionales citadas por las instancias estatales y los grupos pro aborto son correctas, pero omiten en cada uno de sus comunicados o pronunciamientos el detalle no menor de que la niña ya lleva seis meses de embarazo.
La misma Sentencia Constitucional, que la defensora interina pretende usar como herramienta legal para “obligar” a que la menor se realice un aborto, ratifica la protección al feto en desarrollo, no así al embrión, aunque esa figura también se estrella contra la Constitución Política del Estado sobre la garantía del derecho a la vida, y el Código Niño Niña Adolescente que califica como sujetos de derecho a todos los seres humanos “desde la concepción a los 12 años”, en el caso de la niñez.
PARTO INMADURO O PRETÉRMINO
La niña de Yapacaní está en la semana 22 de gestación; es decir, al sexto mes, cuando el embrión pasa a ser un feto desarrollado.
El investigador jurídico Franz Barrios explicó que tanto la menor víctima de violación como el menor en etapa gestante son personas amparadas en la CPE, el Código Niño, Niña Adolescente y el Pacto de San José de Costa Rica. Por tanto, hablar de una “interrupción del embarazo” en esta etapa ya no es viable.
Barrios explicó que cuando se ingresa al sexto mes de embarazo se debe hablar de parto inmaduro o pretérmino, según criterios de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que considera aborto a aquella “interrupción espontánea o provocada del embarazo antes de las 20 semanas de gestación y/o el feto pesa menos de 500 gramos”.
Citando a la OMS y autores en el área de obstetricia, el jurista también menciona el método abortivo quirúrgico que está indicado hasta acaecida la semana 20 del embarazo.
“Ergo, superadas las 20 semanas de embarazo no cabe ni médica ni jurídicamente, hablar de aborto y sólo de parto inmaduro, hecho frente al cual el Estado debe garantizar tanto para la gestante como para el nasciturus (término legal para un ser humano concebido hasta su nacimiento)”, cita.
El jurista también señala que los partos prematuros son aquellos que se dan a partir de la semana 22 de embarazo, que es cuando un bebé ya formado debe ser atendido por respiración artificial en una incubadora hasta completar el desarrollo de todas sus capacidades.
ABORTERAS VS PROVIDA
Las activistas proaborto han utilizado el caso de la niña en Yapacaní para volver a exigir “aborto legal, seguro y gratuito”, además de portar más armas para atacar a la Iglesia católica, como se evidenció en pasados días con una protesta de funcionarios de la Defensoría del Pueblo frente a las oficinas de la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB) con sede en La Paz.
En las redes sociales, estos grupos también aplican la violencia y la cultura de la cancelación contra todo ciudadano e incluso medios de comunicación que apenas vislumbran un criterio pro vida en sus contenidos informativos.
Desde el Gobierno, la ministra de la Presidencia, Marianela Prada, pidió al Ministerio de Justicia procesar a los miembros de la Iglesia católica que intercedieron en el caso y dijo que los activistas provida “romantizan la violación de la menor”.
En ningún caso, alguna de las funcionarias estatales mencionó el lapso de seis meses de embarazo que cursa la niña de Yapacaní, al tiempo de hacer sus declaraciones públicas.
En respuesta, los grupos provida aclaran que el aborto no puede ser obligatorio, incluso en casos de violación, pues la normativa señala que es decisión de la mujer afectada. Eso responde a una campaña de desinformación para confundir a la sociedad, expuso la presidenta de la plataforma Por la Vida y la Familia, Elisa Lanza. (EL DIARIO y Visor.Bolivia)
A su vez, la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB), mediante un comunicado ratificó la defensa de ambas vidas, y sobre la presión para que se realice el aborto va contra todo precepto legal y moral.
“No se puede obligar a nadie a realizar abortos, ni siquiera ante la gravedad de la violencia sexual, porque el aborto en Bolivia es un delito, aún bajo causales de impunidad y no se puede forzar a nadie, ni al personal de salud, a cometer este delito”, cita la nota de la CEB.
ABORTO Y PLAZOS
En la legislación internacional el aborto está permitido y se considera legal para ciertos casos y en algunos plazos de tiempo gestante.
Por ejemplo, en España el aborto es libre y a sola decisión dentro de las 14 primeras semanas de gestación y se puede ampliar hasta la semana 22 por causas médicas, si se presenta grave riesgo para la vida o salud de la embarazada, anomalías graves en el feto, anomalías fetales incompatibles con la vida o enfermedad incurable en el feto al momento del diagnóstico.
En el caso de las menores de edad y hasta las 14 semanas de embarazo se necesita obligatoriamente y en cualquier circunstancia, “el consentimiento del representante legal para interrumpir de forma voluntaria su embarazo. En el caso de existir discrepancias entre la menor y sus representantes legales, será un juez el que medie. El representante legal es padre, madre o tutor legal”.
En el caso de Chile, que tiene el antecedente más reciente de aprobación del aborto, la normativa establece que la “interrupción” del embarazo puede darse de forma libre “hasta las 14 semanas de gestación”. La Ley del Aborto, aprobada en 2017 limitaba el legrado a tres casos: que exista riesgo vital para la mujer en el embarazo, en los que el feto padezca una enfermedad congénita o genética de carácter letal o que el embarazo sea resultado de una violación.
Como conclusión, en Chile tampoco aplica el “aborto indefinido” y las nuevas leyes ponen límites a esa práctica.
EL BEBÉ YA PUEDE CHUPARSE EL PULGAR
Dentro de todo el debate superficial de opiniones encontradas entre activistas por aborto y pro vida, no se da importancia necesaria al tiempo de gestación y cómo aquello influye en la vida del nuevo ser, más aún cuando se habla de un embarazo que ya promedia las 22 semanas.
Al cumplir las 21 semanas de embarazo, el bebé está completamente cubierto con un vello fino llamado lanugo que ayuda a mantener el unto sebáceo en la piel y también se desarrolla el reflejo de succión, que se grafica como chuparse el pulgar.
En esta etapa también se produce el hipo, por la absorción de líquido amniótico y las pequeñas cantidades de azúcar que este contiene, situación que se nota como movimientos o pequeños golpes en el vientre de la madre y que sirve para fortalecer y preparar el sistema respiratorio, explica el portal Mayo Clinic.
Mientras que en la semana 22 ya se pueden notar las cejas y cabello y la grasa parda, el sitio donde se produce el calor. En el caso de los varones, los testículos comienzan a descender. Y para la semana 23 todos los órganos están casi completados y se van definiendo las palmas y dedos para formar las huellas digitales.
SE ACABA EL TIEMPO
Así, mientras las campañas de propaganda estatal y el activismo pro vida se aferran en sus posturas, se ha dejado en segundo plano el hecho delictivo del “abuelastro” que abusó a la menor, aprovechando que ambos padres la dejaron a su cuidado en reiteradas oportunidades.
El sujeto de 61 años, informó la Fiscalía General, fue enviado de la cárcel de Montero a detención preventiva en el penal de Palmasola, donde esperará su proceso y juicio por violación agravada.
Cuando el caso se conoció en los medios, la niña tenía 21 semanas de embarazo y ahora se dirige a las 23, tiempo en el que el nuevo ser ya está completamente formado e incluso ya podrá responder a estímulos externos como la voz de su madre.
Finalmente, mientras la batalla mediática, activista y legal parece haber comenzado para sentar jurisprudencia en Bolivia, la niña de 11 años y su madre ya se encuentran en la casa de acogida Centro de Madres Adolescentes Madre María, dependiente del Arzobispado de Santa Cruz, donde se comprometió una fuente laboral para la progenitora, garantizar la educación para la menor y atención en alimentación y salud para el futuro ciudadano boliviano. PIE DE FOTO
INFOGRAFÍA VCE