A través de una carta enviada ayer, la expresidenta Jeanine Áñez solicita una audiencia con la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, para exponer su caso, porque asegura que no cometió ningún delito y que su detención preventiva es decisión política.
“Solicito respetuosa y encarecidamente una audiencia para que mi hija, Carolina Ribera Áñez, participe en representación mía, toda vez que a la fecha me encuentro privada de libertad en la ciudad de La Paz, por una decisión política del actual presidente del Estado, Luis Arce Catacora”, se lee en una parte de la carta que envió Áñez a Bachelet.
La expresidenta asegura que no cometió ningún delito porque cumplió con su deber constitucional como segunda Vicepresidenta de la Cámara de Senadores, en la gestión 2019, ya que el país se encontraba en ese momento en un clima de “convulsión social” y en medio de un vacío de poder.
Aclara que su detención fue una “decisión política” del actual Gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS), que en su criterio, activó una “persecución judicial” contra su persona abusando del poder que tiene y utilizando a su favor al Órgano Judicial.
En ese marco, asegura que las autoridades vulneran su derecho a la presunción de inocencia instituida en la Constitución Política del Estado, además de pasar por alto su condición de expresidenta constitucional.
“Señalan que supuestamente me autoproclamé como presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia y por ende se me acusa de ser autora de un supuesto golpe de Estado en fecha 12 de noviembre de 2019 contra el señor Evo Morales, juzgándome en esa instancia por los delitos de terrorismo, sedición y conspiración, que al presente no han sido demostrados ya que no he cometido ningún delito, ni antes ni después de asumir mi mandato”, se lee en otra parte de la carta.
SALUD
Áñez manifiesta que en abril de 2020 sufrió una severa afección en sus riñones por efectos de la precariedad de los servicios e higiene en los recintos del sistema penitenciario del país.
Recordó que en varias oportunidades pidió su traslado a un centro médico privado para recibir un tratamiento adecuado, empero no fue escuchada.
Explicó que en la actualidad sigue latente el peligro a que sufra un accidente cerebrovascular por el cuadro de hipertensión arterial que tiene y mucho más por la situación de altura en la que se encuentra la ciudad de La Paz, lugar donde guarda detención preventiva por más de cuatro meses.
“Mientras tanto, el Gobierno sigue activando más procesos penales en mi contra, los cuales, si bien siguen siendo incongruentes, carentes de toda objetividad y respeto a mi anterior investidura, evidencian el carácter indolente e inhumano de asegurar mi encarcelamiento”, indica en la misiva.
DATOS
El periodista y analista Iván Rada explicó que el reglamento del Senado divide la Presidencia, vicepresidencias, secretarías y demás comisiones y comités para las bancadas mayoritarias y minoritarias.
La presidencia corresponde formalmente al bloque mayoritario, la primera vicepresidencia también. la segunda vicepresidencia para el bloque en minoría.
“Cuando uno de esos puestos queda vacío o en ausencia, se recorre de abajo hacia arriba. El primer vicepresidente puede suplir y ejercer las funciones del presidente del Senado, así como el segundo vicepresidente puede tomar el sitial del primer vicepresidente”, explicó.
El artículo 41 del Reglamento del Senado señala: “(Atribuciones de la Segunda Vicepresidencia).- a) Reemplazar a la Presidenta o Presidente y a la Primera Vicepresidenta o Vicepresidente, cuando ambos se hallen ausentes por cualquier impedimento”.
“En este caso, aplica ‘cualquier impedimento’. Adriana Salvatierra renunció como presidenta y (Rubén) Medinacelli como primer vicepresidente dimitieron el domingo 10 de noviembre de 2019. Ya iban dos días de vacío de poder y con este artículo se activa la sucesión constitucional, además de los señalados por la Constitución Política del Estado”, explicó.
Aclaró que ese artículo del reglamento se aplica a “letra muerta”. “No dice la segunda vicepresidenta podrá reemplazar a ambos cuando se hallen ausentes, siempre y cuando corresponda al bloque mayoritario”, aclaró.
En ese marco, explicó que luego, al asumir la Presidencia del Senado, Áñez asumió y ejerció la presidencia de la Asamblea Legislativa.
El artículo 39 del Senado señala: “(Atribuciones de la Presidenta o Presidente).- b) Ejercer la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional en ausencia o impedimento del Presidente Nato”.
En este caso –dijo el periodista– el presidente nato, Álvaro García Linera, ya no estaba en el país.
“Es como la situación de (Eva) Copa, a quien la oposición descalificaba como usurpadora, pero en los hechos, en su calidad de presidenta del Senado ejercía la Presidencia de la Asamblea Legislativa”, dijo.
Recordó que salió el comunicado del Tribunal Constitucional que recuerda que en estos casos se actúa Ipso Facto (de inmediato) saltando esos formalismos para evitar la ausencia de poder en el Estado.