La Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS) ya emitió la regulación de la nueva Ley 1582 y estableció que el incremento a la pensión de vejez será cobrado a partir de enero de 2025, con retroactivo a octubre de 2024.
“Lo que estamos emitiendo con la resolución es que el mes del devengo es a partir de octubre; por lo tanto, las personas que puedan acceder a este ajuste de los límites solidarios van a tener en su pensión el incremento a partir de enero los meses correspondientes a octubre, noviembre y diciembre”, informó ayer la directora de la APS, María Esther Cruz, en conferencia de prensa.
En cumplimiento de la normativa, la APS reguló la Ley 1582 del 1 de octubre de 2024, que modifica los límites solidarios mínimos y máximos de la escala de la pensión solidaria de vejez y el financiamiento del fondo solidario, establecidos en la Ley 065 de Pensiones.
La entidad emitió la regulación a través de dos resoluciones administrativas. La primera se refiere a la instrucción que se hace a la Gestora Pública para la aplicación de los límites solidarios establecidos en la Ley 1582, a partir del período octubre de 2024.
“El objetivo principal es que la Gestora inicie el pago de las pensiones con los nuevos límites solidarios a partir del período enero 2025 con devengo a octubre 2024, en beneficio de los jubilados”, reiteró.
Asimismo, la Gestora es responsable de identificar los casos que acceden a los nuevos límites solidarios, así como también del procesamiento respectivo de la determinación de los montos de la nueva pensión solidaria de vejez.
Además de la comunicación al respecto se utilizará los medios tecnológicos referidos a la página web, plataforma, oficina virtual y boletas de pago. Esta entidad es responsable de la difusión de la información sobre la aplicación de los límites solidarios con mecanismos vía escrita, radial, audiovisual, entre otros.
Añadió que la segunda resolución administrativa, del 11 de octubre de 2024, regula los nuevos porcentajes solidarios establecidos en la Ley 1582 y que modifica los incisos C, D y F del artículo 87 de la Ley 065.
“Comunicar a todos los empleadores, asegurados dependientes, consultores y empleadores del sector minero, metalúrgico, que efectúen el pago del aporte solidario a partir del período de cotización correspondiente a octubre de 2024 con los porcentajes establecidos por la Ley 1582”, señaló.
Sin embargo, para el caso de los asegurados independientes, los porcentajes establecidos entrarán en vigencia a partir del 17 de octubre de 2024.
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