Ahora las multas económicas por provocar incendios forestales será de entre 190 hasta 976 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) por hectárea, divisa que actualmente se cotiza por encima de Bs 2,52.
> Esto implica que los montos llegarían a fluctuar entre Bs 478 y 2.460 por hectárea, según la gravedad de la contravención, aplicado sobre la extensión total del predio y multiplicado por la cantidad de hectáreas del propietario, según explicó el ministro Novillo.
La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT) entregará esta semana la reglamentación del Decreto Supremo 5203, que endurece la sanción económica por quemas ilegales en el país con hasta 976 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda) por hectárea afectada.
“La ABT se encuentra realizando la reglamentación del Decreto Supremo que será entregado la próxima semana de manera formal al Gobierno nacional y al Ministerio de Medio Ambiente y Agua”, aseguró el director de Asuntos Jurídicos del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap), Ramiro Vidaurre.
El DS 2503, aprobado el 21 de agosto de este año, establece “medidas correctivas sobre contravenciones al régimen forestal” consistentes en sanciones “de entre 190 y 976 UFV por hectárea, según la gravedad de la contravención, aplicado sobre la extensión total del predio, que será incrementado sucesivamente en un 100% sobre la base de la multa anterior”, refiere el documento.
Vidaurre ratificó esta disposición: “A partir de ese momento las nuevas infracciones por quema ilegal se acogerán a este nuevo rango de sanción pecuniaria”, explicó desde el Centro de Monitoreo Contra Incendios.
Actualmente ya se sigue un total de 274 procesos administrativos sancionatorios por incendios y quemas ilegales de reservas forestales en el territorio nacional. De ellos, 161 son en Santa Cruz, 41 en Beni y 72 están distribuidos en el resto del país, según refleja la estatal ABI.
Asimismo, la ABT instauró 61 procesos penales por incendios forestales, donde 31 corresponden a personas plenamente identificadas y 30 son, actualmente, presuntos autores.
El caso más reciente de este delito se registró el pasado jueves: tres personas fueron capturadas tras ser descubiertas en flagrancia con más de 4.000 litros de gasolina destinada a provocar quemas forestales en el municipio de Guarayos del departamento de Santa Cruz.
MULTA
El Decreto fue anunciado el 23 de agosto por el ministro de Defensa, Edmundo Novillo, quien defendió la modificación asegurando que se busca imponer un “fuerte peso económico” por estos delitos, ante la situación descontrolada de incendios ilegales en el territorio nacional. Novillo sostuvo que la multa actual, vigente desde 1997, es un monto “excesivamente simbólico”.
La disposición consiste en la modificación del primer párrafo del artículo 43 del Reglamento General de la Ley Forestal, aprobado por el Decreto Supremo 24453 de 1996. El artículo mencionado establece la multa entre cinco y veinte centavos de dólar americano por hectárea, en su equivalente en moneda nacional. Es decir, una sanción de hasta Bs 1,39 por hectárea, de acuerdo con el tipo de cambio oficial.
Puesto que la UFV cotiza alrededor de Bs 2,52, la nueva sanción económica llegaría a fluctuar entre Bs 478 y Bs 2.460 por hectárea afectada, “más el plus que en su caso corresponda, trátese de actos de resistencia o reincidencia, hasta que el obligado cumpla con las respectivas obligaciones (…) y en los plazos por ellos previstos”, dicta la normativa vigente.