El Tribunal de Justicia de la Uni贸n Europea (TJUE) confirm贸 ayer que Irlanda concedi贸 ayudas fiscales ilegales a Apple durante m谩s de una d茅cada y oblig贸 a la multinacional estadounidense a devolver unos 13.000 millones de euros por los impuestos no pagados gracias a esta ventaja.
El tribunal con sede en Luxemburgo resuelve definitivamente el caso y da as铆 la raz贸n a la Comisi贸n Europea, que en 2016 concluy贸 que la multinacional se hab铆a beneficiado de un trato fiscal selectivo, entre 1991 y 2014, que permiti贸 a la firma estadounidense pagar sustancialmente menos impuestos de los que deber铆a.
Tanto Apple como Irlanda recurrieron esta decisi贸n ante la Justicia europea, que en una primera sentencia en 2020 dictamin贸 que Bruselas no hab铆a demostrado la existencia de una ventaja fiscal selectiva concedida a Apple Sales International (ASI) ni a Apple Operations Europe (AOP).
Sin embargo, el fallo publicado ayer por el TJUE, que resuelve definitivamente el caso, da la raz贸n a los servicios de Competencia del Ejecutivo comunitario que dirige la danesa Margrethe Vestager y concluye que Irlanda concedi贸 a la multinacional una ayuda ilegal en virtud de las reglas comunitarias de ayudas p煤blicas que dicho Estado debe ahora recuperar.
La Comisi贸n Europea defend铆a, en particular, que la exclusi贸n de la base imponible de los beneficios derivados del uso de licencias de propiedad intelectual de dos sociedades del grupo estadounidense constitu铆a una ayuda de Estado incompatible con las normas europeas.
ANULAN SENTENCIA
Los jueces europeos, en primer lugar, anularon la sentencia de primera instancia porque consideran que el Tribunal 鈥渆rr贸 al declarar que la Comisi贸n no hab铆a demostrado suficientemente que las licencias de propiedad intelectual y los beneficios correspondientes, generados por las ventas de los productos Apple fuera de los Estados Unidos, hubieran debido atribuirse, a efectos fiscales y a las sucursales irlandesas鈥.
Tras anular el fallo anterior, el TJUE pasa a pronunciarse sobre el fondo de la cuesti贸n, que resuelve de forma definitiva confirmando el enfoque defendido durante todo el proceso por la Comisi贸n Europea.
As铆, concluye que seg煤n el Derecho tributario irland茅s, las actividades de las filiales de Apple en Irlanda (ASI y AOE) no deb铆an compararse con otras sociedades del grupo (por ejemplo, una sociedad matriz en Estados Unidos) sino con las de otras filiales de estas sociedades, en particular sus sedes centrales fuera de Irlanda. (Dw, Efe y Dpa)